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Alex Solnik

Alex Solnik, periodista, es autor de "El día que conocí a Brilhante Ustra" (Editorial Geração)

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No existe "terrorismo político" en las leyes brasileñas

El asesinato de un militante del Partido de los Trabajadores por parte de un partidario de Bolsonaro, dice Solnik, fue motivado por la "intolerancia política", pero "no puede ser clasificado como terrorismo".

Guaranho y Marcelo Arruda (Foto: Reproducción/Redes Sociales)

La motivación política detrás del crimen de Foz do Iguaçu es obvia. La intolerancia política fue la razón por la que un partidario de Bolsonaro disparó contra el miembro del Partido de los Trabajadores. Punto. Sin embargo, según la legislación brasileña vigente, no puede clasificarse como terrorismo ni como atentado contra el Estado de derecho. 

La Ley Nº 14.197, de 1/9/2021, que define y sanciona los delitos contra el Estado Democrático de Derecho, se divide en tres capítulos: delitos contra la soberanía nacional, delitos contra las instituciones democráticas y delitos contra el funcionamiento de las instituciones democráticas en el proceso electoral. 

La única mención a la “violencia política” es la siguiente: “restringir, impedir o dificultar, mediante el uso de la violencia, el ejercicio de los derechos políticos a cualquier persona en razón de su sexo, raza, color, etnia, religión o nacionalidad”.

En otras palabras: impedir, por ejemplo, que una persona negra vote.

La Ley nº 13.260, de 16 de marzo de 2016, conocida como ley antiterrorista, establece que “el terrorismo consiste en la práctica por uno o más individuos de los actos previstos en este artículo, por motivos de xenofobia, discriminación o prejuicio basados ​​en la raza, el color, la etnia y la religión, cuando se cometan con el propósito de causar terror social o generalizado, exponiendo a peligro a las personas, los bienes, la paz pública o la seguridad pública”.

Por lo tanto, no se menciona ninguna palabra “terrorismo político”.

Se definen como actos de terrorismo: 1) el transporte de explosivos; 2) el sabotaje; y 3) el atentado contra la vida o la integridad física de una persona (por las razones expuestas anteriormente y no por intolerancia política).

En el derecho brasileño tampoco existe el “homicidio político”, sino sólo el “homicidio simple” y el “homicidio calificado”. 

Éste, en el que la policía incriminó al asesino, tiene la pena más alta de todas: de 12 a 30 años de prisión.

PS El hombre que lanzó un artefacto explosivo en la manifestación de Cinelândia fue acusado de “delito de explosión” y no de “terrorismo”.

*Este es un artículo de opinión, responsabilidad del autor, y no refleja la opinión de Brasil 247.