Cade confirma condena de Rumo-ALL por abuso de posición dominante y fija multa de R$ 20,1 millones
La decisión incluye una revisión de la sanción y determina que la empresa deberá cumplir con nuevas obligaciones, con posibilidad de reducir la multa.
247 - El Tribunal del Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) ratificó, este martes (9/3), la condena de Rumo Logística Operadora Multimodal y América Latina Logística (ALL) por abuso de posición dominante, determinado en un proceso administrativo iniciado en 2016.
La decisión se originó a raíz de una denuncia presentada por Agrovia, que acusó a Rumo de obstruir el acceso de la competencia a la infraestructura ferroviaria, en concreto al patio de Santa Adélia en São Paulo. Esta zona es crucial para el flujo de azúcar a través del Puerto de Santos. La conducta de Rumo presuntamente perjudicó la competencia al bloquear injustificadamente la vía de acceso al patio, lo que afectó directamente la competitividad en el sector del transporte ferroviario.
En una sentencia anterior, Cade había condenado a la empresa y le había impuesto una multa. Sin embargo, esta decisión fue revocada por el Tribunal Regional Federal de la 1.ª Región (TRF1). El nuevo juicio, celebrado el 3 de septiembre, confirmó la condena y revisó la sanción, ajustando la multa. Rumo presentó una propuesta de acuerdo, que fue aceptada por el presidente de Cade, Gustavo Augusto. La empresa sugirió que la multa se calculara únicamente con base en los ingresos generados por el transporte ferroviario de azúcar en la red de Malha Paulista. Con la actualización hasta agosto de 2025, la multa se fijó en R$ 20,1 millones, a pagar en un plazo de 30 días a partir de la publicación de la decisión en el Diario Oficial.
Gustavo Augusto también destacó la posibilidad de reducir la multa a R$18,1 millones si Rumo acepta firmar un desistimiento de acciones legales y otros recursos, además de realizar el pago total en una sola cuota dentro del plazo establecido. La decisión también confirmó las obligaciones impuestas a Rumo en la sentencia original, ordenando a la empresa abstenerse de adoptar medidas que impidan la entrada de competidores o prohíban el acceso a la red de Malha Paulista. Asimismo, Rumo debe garantizar el acceso al ferrocarril de manera objetiva y equitativa, permitiendo a todos los interesados contratar el transporte ferroviario.
La empresa también debía publicar la resolución en sus sitios web oficiales dentro de los 15 días siguientes a su publicación, comprometiéndose a cesar la conducta abusiva. El incumplimiento de estas obligaciones conllevará una multa diaria de R$200.


