Cámara aprueba proyecto de ley que penaliza la discriminación contra políticos.
El proyecto de ley, de autoría de la diputada Dani Cunha, hija de Eduardo Cunha, pasará ahora al Senado para su revisión.
Agencia de la Cámara - La Cámara de Diputados aprobó este miércoles (14) un proyecto de ley que penaliza la negativa a abrir o mantener una cuenta y otorgar crédito a personas políticamente expuestas. El proyecto de ley 2720/23, del diputado Dani Cunha (União-RJ), se enviará al Senado.
La propuesta fue aprobada en forma de texto sustitutivo por el ponente, el diputado Claudio Cajado (PP-BA). Según el texto, la pena será de prisión de 2 a 4 años y multa para quien se niegue a abrir o mantener una cuenta, o incluso a conceder crédito u otros servicios. Esta negativa se aplica incluso a las entidades jurídicas controladas por personas políticamente expuestas.
Además de las personas políticamente expuestas, los políticos generalmente electos y los titulares de altos cargos en los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y en los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal), el proyecto de ley cubre a las personas que estén sujetas a investigación preliminar, procedimientos sumarios, indagatorias o cualquier otro procedimiento de investigación por delitos penales, civiles o administrativos, o a las personas que sean imputadas en procedimientos judiciales en curso (sin sentencia firme).
Según el diputado Claudio Cajado, el proyecto de ley permite a las personas políticamente expuestas "acceder a las causales utilizadas para negar el ejercicio de los derechos de cualquier ciudadano". "Si una persona está endeudada y tiene un historial crediticio negativo, existe una justificación válida, lógica y coherente. Sin embargo, el hecho de que tenga relación con un político no es una justificación, y en la práctica, esto está sucediendo", afirmó.
La autora, la diputada Dani Cunha, enfatizó que la propuesta busca acabar con la discriminación. "Si hoy le deniegan una solicitud para abrir una cuenta en una institución financiera, debe haber una razón", afirmó.
Empresas y familias
En el caso de personas expuestas políticamente, las reglas del proyecto se extienden también a las personas jurídicas en las que participan, a sus familiares y allegados.
Se consideran miembros de la familia los parientes en línea directa hasta el segundo grado, incluidos el cónyuge, la pareja, el hijastro y la hijastra.
Los colaboradores cercanos se clasifican en:
- personas físicas de las que se sabe que tienen copropiedad o asociación en entidades jurídicas privadas o en acuerdos no constituidos en sociedad con personas políticamente expuestas;
- personas naturales que aparezcan como agentes, incluso a través de un instrumento privado, de personas expuestas políticamente;
- personas naturales que tengan cualquier otro tipo de relación estrecha de conocimiento público con una persona expuesta políticamente;
- Personas físicas que controlan entidades jurídicas privadas o acuerdos no constituidos que se sabe que han sido creados para el beneficio de una persona políticamente expuesta.
Personas políticamente expuestas
El proyecto de ley sustitutivo enumera grupos de autoridades consideradas personas expuestas políticamente:
- los titulares de mandatos electos en los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Unión;
- Ministro de Estado o equivalente;
- Ocupante de un Puesto de Naturaleza Especial o equivalente en el Poder Ejecutivo de la Unión;
- Presidente, vicepresidente y director, o cargos equivalentes, de entidades de la administración pública indirecta del Poder Ejecutivo de la Unión;
- Ocupar puestos de alta dirección y asesoría (DAS) de nivel 6 o equivalente en el Poder Ejecutivo de la Unión;
- miembros del Supremo Tribunal Federal, del Consejo Nacional de Justicia, de los tribunales superiores, de los tribunales regionales federales, de los tribunales regionales del trabajo, de los tribunales regionales electorales, del Consejo Superior de Justicia del Trabajo y del Consejo Federal de Justicia;
- Los miembros del Consejo Nacional del Ministerio Público, el Procurador General de la República, el Subprocurador General de la República, el Procurador General del Trabajo, el Procurador General de Justicia Militar, los Subprocuradores Generales de la República y los Procuradores Generales de Justicia de los estados y del Distrito Federal;
- Los miembros del Tribunal de Cuentas de la Federación, el Procurador General de la República y los Procuradores Generales Adjuntos del Ministerio Público adscrito al Tribunal de Cuentas de la Federación;
- Presidentes y tesoreros nacionales, o sus equivalentes, de los partidos políticos;
- Los gobernadores, vicegobernadores, secretarios estatales y del Distrito Federal, diputados estatales y distritales, presidentes o equivalentes de entidades de la administración pública indirecta estatal y distrital, y presidentes de tribunales militares, judiciales, de auditoría o equivalentes de los estados y del Distrito Federal;
- Alcaldes, tenientes de alcaldes, concejales, secretarios municipales, presidentes o equivalentes de entidades de la administración pública municipal indirecta, y presidentes de tribunales de cuentas municipales o equivalentes.
Para identificar a las personas expuestas políticamente se debe consultar el Registro Nacional de Personas Expuestas Políticamente (CNPEP), disponible en el Portal de Transparencia, u otras bases de datos oficiales hechas públicas por el gobierno.
Sin exterior
El texto de Claudio Cajado también considera como personas políticamente expuestas y amparadas por el proyecto a quienes, en el exterior:
- Jefes de Estado o de Gobierno;
- políticos de alto rango;
- ocupantes de altos cargos gubernamentales;
- oficiales generales;
- miembros de alto rango del Poder Judicial;
- altos ejecutivos de empresas públicas; y
- líderes de partidos políticos.
De igual manera, el texto considera como personas políticamente expuestas a los altos dirigentes de entidades de derecho internacional público o privado, como por ejemplo los organismos de las Naciones Unidas.
Respecto de la identificación de personas políticamente expuestas en el exterior o de dichas entidades, se deberán consultar fuentes abiertas y bases de datos públicas y privadas.
En todos los casos, la condición de persona expuesta políticamente durará cinco años, contados a partir de la fecha en que la persona dejó de figurar en los cargos designados.
Procedimientos bancarios
El Proyecto de Ley 2720/23 modifica la ley sobre el proceso administrativo sancionador de las instituciones financieras (Ley 13.506 / 17) exigir la presentación de un documento escrito al solicitante cubierto por el proyecto a quien se le haya denegado la apertura o mantenimiento de una cuenta o la concesión de un préstamo.
El documento debe contener una razón válida para la denegación. En cuanto al crédito, el documento debe contener una razón técnica válida y objetiva para la denegación, y no puede alegar la denegación únicamente por ser una persona políticamente expuesta, por ser un acusado en un proceso judicial en curso o por tener una condena previa en su contra que aún no sea firme.
Si el representante legal de la entidad financiera se niega a presentar estos documentos al solicitante, será responsable de los daños morales y materiales que de ello se deriven, sin perjuicio de la responsabilidad penal.
Estos documentos deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles, bajo pena de multa diaria de R$ 10.
El texto aclara que una negativa basada únicamente en la condición de la persona como persona expuesta políticamente o en una condena pendiente no se considera una justificación técnica válida.
Las reglas también se aplican a las empresas que gestionan cualquier método de pago, en particular las compañías de tarjetas de crédito.
Comentarios
Según la diputada Fernanda Melchionna (Psol-RS), los obstáculos actuales a las transacciones financieras están justificados. «Las personas políticamente expuestas son vigiladas por los organismos de control para prevenir el enriquecimiento ilícito y el blanqueo de capitales», enfatizó.
Según ella, la propuesta crea privilegios. "Además, dificultará el control de estas personas al imponer penas de prisión para quienes se nieguen a abrir cuentas y otorgar crédito", afirmó Melchionna.
Según el diputado Marcel van Hattem (Novo-RS), la aprobación del proyecto de ley resultará en tasas de interés más altas. «A cualquier estafador, acusado condenado en segunda instancia, a cualquier delincuente, se le garantiza la apertura de una cuenta bancaria e incluso la concesión de un crédito», advirtió.
El diputado Abilio Brunini (PL-MT) también se pronunció en contra de la propuesta. «Discriminar a las personas ya es un delito, pero crear una ley especial para los políticos es inaceptable», declaró.
Según la diputada Erika Kokay (PT-DF), la Cámara legisla en su propio interés. «Esta propuesta crea una burbuja protectora injustificable alrededor de personas políticamente expuestas», afirmó.
Las críticas fueron refutadas por el líder de União Brasil, el diputado Elmar Nascimento (BA). Afirmó que no se trata de crear privilegios, sino de garantizar que quienes deseen acceder a la vida pública no se sientan intimidados por las normas financieras.
"Es inaceptable que a la hija de uno de nuestros socios, sobrino nuestro, sin ningún problema, se le suspenda la cuenta simplemente por ser hijo, sobrino o familiar de un político", declaró. Estas normas, según él, alejan a la gente de la vida pública.