El equipo de defensa de Lula presenta ante la Corte Suprema un parecer jurídico oponiéndose a la prisión tras una condena en segunda instancia.
La defensa del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva entregó al Supremo Tribunal Federal (STF) un parecer del profesor de la Facultad de Derecho de la USP José Afonso da Silva contra la decisión del Tribunal, tomada en 2016, que permite la ejecución de la pena de los condenados en 2ª instancia, caso Lula, que será analizado por el STF este miércoles (4); para el jurista, la decisión del STF "utilizó fundamentos, tesis, argumentos y factores erróneos e infundados", además de ir en contra de la Constitución que establece que "nadie será considerado culpable hasta la sentencia firme de condena penal".
247 - La defensa del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva presentó ante el Supremo Tribunal Federal (STF) un dictamen del profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo (USP), José Afonso da Silva, en contra de la decisión del Tribunal, tomada en 2016, que permite la ejecución de la pena de los condenados en segunda instancia en el caso de Lula, que será analizada por el STF este miércoles (4). Para el profesor, la decisión del STF "utilizó fundamentos, tesis, argumentos y factores erróneos e infundados", además de contravenir la Constitución, que establece explícitamente que "nadie será considerado culpable hasta la sentencia firme de condena penal".
Lula fue condenado por el Tribunal Regional Federal de la 4.ª Región (TRF4) a 12,1 años de prisión en el caso del llamado triplex de Guarujá. El Supremo Tribunal Federal (STF) concedió un hábeas corpus a favor del expresidente hasta la sentencia definitiva sobre el asunto.
En Brasil, la culpabilidad solo se considera probada, según el derecho constitucional, con la sentencia firme. Por lo tanto, la prisión preventiva es contraria a la Constitución y a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, pues invierte el mandato constitucional, el sentido de la norma, convirtiendo, antes de la sentencia firme presunta, la presunción de inocencia en presunción de culpabilidad, afirma José Afonso en el dictamen.