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Dino presenta proyecto de ley con reglas claras para justificar la prisión preventiva

La idea es unificar procedimientos y evitar que dos agentes detenidos en situaciones similares en lugares distintos reciban un trato diferente.

Flavio Dino (Foto: Waldemir Barreto/AS)

247 - Flávio Dino presentará este jueves (8) un proyecto de ley que detalla cómo deben celebrarse las audiencias de custodia, así como las situaciones en las que se recomiendan arrestos preventivos. Dino dejará el Senado para incorporarse al STF (Supremo Tribunal Federal) en las próximas dos semanas.

La idea es unificar procedimientos y evitar que dos agentes detenidos en situaciones similares en diferentes lugares reciban un trato diferente. Por otro lado, la propuesta busca evitar que una persona sea sometida a sucesivas audiencias de custodia y puesta en libertad automáticamente, lo que obstaculiza la actividad policial.

Según un reportaje de la periodista Carolina Brígido, en el portal de UOL, Basándose en decisiones de la Corte Suprema, Dino enumeró una serie de preguntas que, en general, "indican una conducta del acusado que requiere mayor atención y supervisión por parte de las autoridades públicas, especialmente durante el curso de las investigaciones". Según el texto, "la participación en organizaciones criminales, la existencia de investigaciones abiertas y los procesos penales en curso que indiquen reincidencia deben ser considerados por el juez al solicitar la prisión preventiva". Para determinar la peligrosidad del agente, también sería necesario verificar su "modus operandi", así como la naturaleza, cantidad y variedad de las drogas, armas y municiones incautadas, si corresponde.

“Con la previsión de tales criterios, se entiende que las decisiones de prisión preventiva pueden ocurrir con mayor celeridad, eliminando controversias sobre su procedencia, garantizando así la regularidad de las investigaciones y procesos penales, así como el orden y la seguridad públicos”, señala la justificación del proyecto.

Finalmente, el senador aclaró que, «para emitir una orden de arresto preventivo, no basta con alegar la gravedad abstracta del delito». En otras palabras, es necesario demostrar de forma concreta y objetiva la peligrosidad del autor y su riesgo para el orden público o la economía.