Gobierno publica ordenanza con reglas para pago de enmiendas obligatorias destinadas a atender calamidades públicas
Los lineamientos fueron establecidos tras un acuerdo entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
247 - El gobierno anunció este martes (27) nuevas directrices para el pago de las enmiendas parlamentarias obligatorias destinadas a obras en curso y acciones destinadas a paliar calamidades públicas. La ordenanza se publicó en el Diario Oficial de la Unión (DOU) y fue firmada por los Ministerios de Finanzas, Planificación y Presupuesto, Gestión e Innovación, Relaciones Institucionales, además de la Contraloría General de la Unión (CGU).
Las reglas fueron establecidas después de un acuerdo entre los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, motivado por la decisión del ministro Flávio Dino, del Supremo Tribunal Federal, que había suspendido los pagos.
De acuerdo con el acuerdo, para la ejecución presupuestaria y financiera de las modificaciones parlamentarias obligatorias destinadas a obras ya iniciadas, los órganos de la Administración Pública Federal deberán considerar como punto de inicio de las obras la fecha de la primera Orden de Servicio (OS) o Autorización de Inicio de Obra (AIO).
En cuanto a las calamidades públicas, la ordenanza determina que las enmiendas clasificadas como RP 6 y RP 7 se dirijan a las entidades federativas durante el período en que se reconoce el estado de calamidad. La ejecución financiera de estos gastos podrá continuar incluso después de la finalización del estado de calamidad.


