Los tribunales volvieron a congelar los activos de Odebrecht.
El TRF-4 (Tribunal Federal Regional de la 4.ª Región) confirmó el embargo preventivo de activos de la constructora Odebrecht. La empresa había obtenido la liberación de los activos en virtud de un acuerdo de clemencia firmado con el Ministerio Público Federal (MPF), pero el Sindicato apeló la decisión de primera instancia. La decisión es preliminar, y el fondo del asunto aún será juzgado por la Tercera Sala del TRF-4. Según la Procuraduría General de la República (AGU), el acuerdo no elimina el derecho a una indemnización completa por el daño causado a las arcas públicas por las prácticas ilícitas de la constructora.
Agencia Brasil - El Tribunal Regional Federal de la 4.ª Región (TRF4) confirmó la congelación de activos de la constructora Odebrecht. La empresa había obtenido la liberación de los activos con base en los términos del acuerdo de clemencia firmado con el Ministerio Público Federal (MPF), pero el Gobierno Federal apeló la decisión de primera instancia. La decisión es preliminar, y el fondo del caso aún será juzgado por la Tercera Sala del TRF4.
Según la Procuraduría General de la República (PGR), el acuerdo no elimina el interés en la compensación íntegra por el daño causado al erario público por las prácticas ilícitas de la constructora. Además, la PGR argumenta que la Contraloría General de la República (CGU), y no el Ministerio Público Federal (MPF), es el órgano competente para celebrar convenios de clemencia dentro del Poder Ejecutivo federal.
El ponente, el juez federal Fernando Quadros da Silva, acogió los argumentos de la Procuraduría General de la República (PGR). Según él, el sindicato demostró la existencia de pruebas del acto ilícito que justifica el congelamiento de activos. También afirmó que el acuerdo de clemencia firmado entre Odebrecht y el Ministerio Público Federal (MPF) requiere respaldo legal en el marco de la acción.
"Las sanciones previstas en la legislación que regula la materia prevén la aplicación de una multa civil, cuyo valor máximo deberá considerarse al establecer el monto de la congelación de activos, en la medida que mejor refleje la pretensión de indemnización del actor, dado que se considera el criterio más severo previsto por la ley", afirmó.