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Persecución, discriminación y autoritarismo: el caso Barroso contra Pizzolato.

Henrique Pizzolato, exdirector del Banco do Brasil, condenado a 12 años y 7 meses de prisión por el escándalo Mensalão (Acción 470), afirma que, a pesar de haber cumplido ya el tiempo requerido para el régimen abierto, este derecho no ha sido tomado en consideración por el Poder Judicial. Según un artículo publicado por GGN, Pizzolato alega que "el ministro Luís Roberto Barroso, del STF (Supremo Tribunal Federal), no ha respetado lo que dice la ley, ni ha seguido las decisiones que él mismo tomó en el pasado", lo que indica una tendencia a tratarlo de manera diferente.

Henrique Pizzolato, exdirector del Banco do Brasil, condenado a 12 años y 7 meses de prisión por el escándalo Mensalão (Acción 470), denuncia que, a pesar de haber cumplido ya el tiempo requerido para optar al régimen abierto, este derecho no ha sido respetado por el Poder Judicial. Según un artículo publicado por GGN, Pizzolato alega que "el ministro Luís Roberto Barroso, del STF, no ha acatado la ley ni ha seguido decisiones que él mismo tomó en el pasado", lo que denota una tendencia a tratarlo de forma diferente. (Foto: Paulo Emílio)

247 - Henrique Pizzolato, exdirector del Banco do Brasil, condenado a 12 años y 7 meses de prisión por el escándalo de corrupción Mensalão (Acción 470), afirma que, a pesar de haber cumplido ya la pena requerida para el régimen penitenciario abierto, este derecho no ha sido respetado por el Poder Judicial. Según un informe publicado por GGN, Pizzolato alega que "el ministro Luís Roberto Barroso, del Supremo Tribunal Federal, no ha acatado la ley ni ha respetado decisiones que él mismo tomó en el pasado", lo que indica una tendencia a darle un trato preferencial.

"La demora de casi un año de Barroso en autorizar el traslado de Pizzolato a un régimen penitenciario menos restrictivo motivó una carta de la Comisión de Derechos Humanos y Minorías de la Cámara de Diputados a la embajada italiana en Brasil, solicitando que el Ministerio de Justicia italiano tomara nota de la lentitud del poder judicial brasileño e interviniera", señala GGN.

El 7 de junio de 2016, Pizzolato, encarcelado desde octubre de 2015, debía haber comenzado el régimen semiabierto. Sin embargo, Barroso no le concedió este derecho hasta un año después, en mayo de 2017. En la práctica, el proceso se hizo efectivo tres meses después de la autorización: en agosto de 2017. La demora fue tan prolongada que le dio tiempo a Pizzolato para cumplir con los requisitos del régimen abierto en julio de 2017. Ese mismo día, Barroso recibió la solicitud para realizar la transición.

Barroso denegó la solicitud, argumentando que, si bien el reo había cumplido una sexta parte de su condena el 7 de junio de 2016, solo estaba autorizado a pasar al régimen semiabierto el 30 de mayo de 2017. Esta fue la fecha en que se aceptó la propuesta de pago a plazos de la multa, requisito exigido por el pleno de la Corte Suprema para dicho régimen. El acuerdo en cuestión se refiere al pago a plazos de una multa de 2 millones de reales impuesta al acusado.

"En la práctica, Barroso creó una nueva fecha para que Pizzolato pasara a un régimen diferente, lo que provocó que pasara más tiempo en un régimen que ya no le convenía", señala el texto.

Según la Comisión de Derechos Humanos, la decisión de Barroso fue "sorprendente" porque en el caso de otra mujer condenada en el escándalo Mensalão, decidió "de manera diferente", y destacó que el ministro dio "un trato desigual e injustificado a Pizzolato, un hecho extremadamente preocupante, ya que constituye un acto discriminatorio y persecutorio, y que no debería prevalecer".

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