Reducir la edad de responsabilidad penal: ¿está usted a favor?
Se prevé que este tema sea uno de los más controvertidos en la agenda de la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía del Senado este año; según la Constitución, los menores de 18 años no pueden recibir las mismas penas que los delincuentes adultos, sino castigos específicos; sin embargo, tres propuestas, presentadas por los senadores Aloysio Nunes (PSDB-SP), Acir Gurgacz (PDT-RO) y Clásio Andrade (PMDB-MG), argumentan lo contrario; conozca sus puntos de vista y dé su opinión.
Milena Galdino _Agencia del Senado Se prevé que la reducción de la edad de responsabilidad penal sea uno de los temas más polémicos en la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) este año. La Constitución estipula que los menores de dieciocho años no pueden ser procesados penalmente (artículo 228) y, por lo tanto, están sujetos a las penas específicas previstas en el Estatuto del Niño y del Adolescente. Sin embargo, existe una fuerte presión por parte de un sector de la sociedad para que los menores infractores sean considerados penalmente responsables de sus actos.
Tres propuestas de enmienda constitucional (PECs) sobre el tema están pendientes de decisión del Consejo Directivo de la CCJ (Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía) respecto a la solicitud de su análisis conjunto. Tras recibir el dictamen de la comisión, se someterán a votación en el Pleno y, si alguna de las enmiendas es aprobada por dos votos en el Senado, se remitirá a la Cámara de Diputados, donde seguirá un procedimiento similar hasta su rechazo o promulgación como enmienda constitucional.
El tema de la edad de responsabilidad penal fue debatido por la comisión de expertos legales que redactó el proyecto de ley preliminar para un nuevo Código Penal (PLS 236/2012). Los expertos se mostraron divididos sobre la posibilidad de reducir el límite actual; algunos consideran que la disposición es una cláusula fundamental de la Constitución. Sin embargo, la comisión recalcó que, en cualquier caso, la única manera de modificarlo sería mediante una enmienda constitucional, lo cual excedía su competencia.
Crímenes atroces
Los tres textos analizados en el CCJ (Comité de Constitución, Justicia y Ciudadanía) presentan matices específicos en el tratamiento de los menores infractores. El PEC 33/2012, del senador Aloysio Nunes (PSDB-SP), restringe la reducción de la edad de responsabilidad penal —a 16 años— a los delitos considerados no excarcelables y no susceptibles de indulto o amnistía: tortura, terrorismo, narcotráfico y delitos atroces (artículo 5, apartado XLIII de la Constitución). También incluye los casos en que el menor sea reincidente en múltiples delitos de lesiones graves o robo con agravantes.
El ponente del caso ante la CCJ (Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía), el senador Ricardo Ferraço (PMDB-ES), abogó por la aprobación, destacando que «la sociedad brasileña no puede seguir siendo rehén de menores que, amparados en la ley, cometen los crímenes más repugnantes». Según él, la ley no sirve para proteger a estos delincuentes, «sino solo a aquellos que, por no haber alcanzado la madurez, son incapaces de discernir la rectitud y las consecuencias de sus actos».
Otros países
El senador Acir Gurgacz (PDT-RO) fue más allá en su propuesta (PEC 74/2011): para él, los que tienen 15 años también deberían ser considerados penalmente responsables de la práctica del homicidio intencional y del robo con resultado de muerte, ya sea intentado o consumado.
La propuesta, que aún no cuenta con un relator en el CCJ (Comité de Constitución, Justicia y Ciudadanía), cita ejemplos del Mapa Mundial de la Edad de Responsabilidad Penal, elaborado por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) en 2005. Según este documento, en Estados Unidos la edad de responsabilidad penal varía entre los 6 y los 18 años, según la legislación estatal. En México, es de 11 o 12 años en la mayoría de los estados. Sudamérica es la región donde la edad de responsabilidad penal es más tardía: en Argentina y Chile, a los 16 años; en Brasil, Colombia y Perú, a los 18.
Para justificar el proyecto, Gurgacz también cita una encuesta realizada por la Asociación Brasileña de Magistrados y Fiscales para Niños y Jóvenes, según la cual los adolescentes son responsables del 10% de todos los delitos cometidos en Brasil.
"La reducción de la edad de responsabilidad penal de 18 a 15 años en casos de homicidio doloso y robo con resultado de muerte es necesaria debido al mayor desarrollo mental y discernimiento de los adolescentes de hoy y a la necesidad de disuadir a los menores de cometer estos delitos", enfatiza Acir Gurgacz.
Sin excepción.
La tercera propuesta de enmienda constitucional (PEC) sobre la mayoría de edad, que se analiza en la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (PEC 83/2011), es más amplia que las dos anteriores. El texto, presentado por el senador Clésio Andrade (PMDB-MG), establece un límite de 16 años para cualquier tipo de delito. Andrade propone una nueva redacción para el artículo 228: «La mayoría de edad se alcanza a los 16 años, momento en el que la persona es penalmente responsable y capaz de ejercer todos los actos de la vida civil».
En opinión del senador, los jóvenes de 16 años no solo deberían estar sujetos a enjuiciamiento penal, sino que también deberían tener derecho a contraer matrimonio, viajar solos al extranjero, firmar contratos y conducir; es decir, deberían gozar de la plenitud de los derechos civiles. La propuesta también establece el voto obligatorio para los mayores de 16 y los menores de 18 años, mientras que actualmente es opcional.
“Lo que tenemos en mente es otorgar la ciudadanía plena a los mayores de 16 años, con los derechos y responsabilidades que de esta nueva condición se derivan, incluso en el ámbito penal”, afirma el autor de la propuesta de enmienda constitucional, según informó el senador Benedito de Lira (PP-AL).
Participación popular
Una encuesta del Instituto DataSenado, publicada en octubre, indicó que el 89% de los 1.232 ciudadanos entrevistados desea que se procese a los adolescentes que cometen delitos. Según el sondeo, el 35% estableció los 16 años como la edad mínima para que una persona reciba la misma condena que un adulto; el 18% indicó 14 años y el 16% respondió que 12 años. Un 20% afirmó que cualquier edad es aceptable, argumentando que toda persona, independientemente de su edad, debería ser juzgada y, de ser necesario, condenada como un adulto.
En el mismo mes, el senador Ivo Cassol (PP-RO) propuso un Proyecto de Decreto Legislativo (PDS 539/2012) que sugería un plebiscito sobre la reducción de la edad de responsabilidad penal a 16 años, que se celebraría durante las próximas elecciones presidenciales en 2014.
—Mantener la edad de responsabilidad penal en 18 años es ignorar el desarrollo mental de nuestros jóvenes. Reducir la edad de responsabilidad penal, por sí solo, no resolvería nuestros graves problemas de seguridad pública. Sin embargo, sería una buena contribución, ya que la impunidad incentiva a los jóvenes a delinquir —afirmó Cassol en el Pleno al presentar la propuesta.
