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Reinaldo Azevedo, la revista Veja y Jovem Pan deben indemnizar al caricaturista Laerte, decide el Tribunal de Justicia de São Paulo.

Por extralimitarse en la crítica objetiva de su obra, el periodista Reinaldo Azevedo, la revista Veja y la emisora ​​de radio Jovem Pan deberán indemnizar a la caricaturista Laerte Coutinho con 100.000 reales. La decisión, que confirma el fallo de primera instancia, fue dictada por la Décima Sala de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo en una audiencia de apelación celebrada este martes 24. Por unanimidad, los magistrados consideraron que las críticas del periodista, presentadas tanto en su columna en Veja como en su intervención en Jovem Pan, atentaron contra el honor de la caricaturista, una mujer abiertamente transgénero.

Por extralimitarse en la crítica objetiva de su obra, el periodista Reinaldo Azevedo, la revista Veja y la emisora ​​de radio Jovem Pan deberán indemnizar a la caricaturista Laerte Coutinho con R$ 100.000. La decisión, que confirma el fallo de primera instancia, fue dictada por la Décima Sala de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo en una audiencia de apelación celebrada este martes 24. Los magistrados, por unanimidad, consideraron que las críticas del periodista, presentadas tanto en su columna en Veja como en su intervención en Jovem Pan, atentaron contra el honor de la caricaturista, una mujer abiertamente transgénero (Foto: Aquiles Lins).

Por Thiago Crepaldi, en conjur - Por extralimitarse en la crítica objetiva de su obra, el periodista Reinaldo Azevedo, la revista Veja y la emisora ​​de radio Jovem Pan deberán indemnizar al caricaturista Laerte Coutinho con R$ 100.000. La decisión, que confirma el criterio de primera instancia, fue dictada por la Sala 10 de Derecho Privado del Tribunal de Justicia de São Paulo en una audiencia de apelación celebrada este martes (24 de octubre).

Por decisión unánime, los jueces consideraron que las críticas del periodista, presentadas tanto en su columna en la revista Veja como en su intervención en la radio Jovem Pan, ofendían el honor de la caricaturista, una mujer abiertamente transgénero.

La decisión inicial la dictó el juez Sang Duk Kim del 7º Tribunal Civil de São Paulo, quien consideró que Azevedo claramente se había excedido al llamar a Laerte "fraude moral", "bruja moral", "fraude de género" y "fraude lógico".

En la apelación de Azevedo, los abogados argumentaron inicialmente que la demandante carecía de legitimación activa, ya que, tras recibir críticas, había difundido el artículo del demandado y, además, había hecho referencias humorísticas al incidente. Argumentaron también que Laerte siempre había publicado caricaturas sobre su vida privada, con críticas políticas a los heterosexuales, e incluso había protagonizado episodios polémicos al intentar usar el baño de mujeres.

También criticaron la caricatura que dio origen a la demanda, creada por Laerte para el periódico Folha de S.Paulo, que «comparaba a los manifestantes a favor del juicio político con criminales responsables de una masacre en la ciudad». Como alternativa, solicitaron una reducción de la pena. Argumentaron, además, que la sentencia no tuvo en cuenta el contexto político vigente en el momento de la publicación, limitándose a reflejar el conflicto ideológico existente.

El juez Carlos Alberto Garbi, ponente del recurso, discrepó de los argumentos de los recurrentes y afirmó que los comentarios excedían el ámbito de la crítica. «Si la viñeta publicada contenía material contundente que suscitaba críticas, de acuerdo con el perfil que habitualmente mantenía el autor, las críticas del demandado debían haberse dirigido exclusivamente a la viñeta, y no al caricaturista como persona, como ocurrió».

«Es evidente que la crítica iba dirigida a Laerte por ser una persona transgénero, y no a la caricatura en sí, lo cual confirma el acto ilegal cometido. Por lo tanto, la crítica fue personal y constituyó una ofensa al honor», concluyó Garbi. Añadió que el ejercicio de la plena libertad de prensa, consagrada en la Constitución, no puede vulnerar los derechos fundamentales también consagrados en ella.

El juez justificó además el monto de la indemnización, que consideró proporcional al daño causado por la publicación en dos medios de comunicación de gran prestigio en el país. «El monto de la indemnización (R$ 100.000,00) otorgado en la sentencia guarda relación con el delito cometido y con la importante repercusión que tuvo el artículo del acusado, al haber sido publicado en dos canales con gran audiencia: Rádio Jovem Pan y Revista Veja. Por lo tanto, la solicitud de reducción de la indemnización no está justificada», afirmó. Lo acompañaron sus colegas João Saletti y JB Paula Lima.

Apoyo a la historia

En la defensa del caricaturista Laerte, trabajó la abogada transgénero Márcia Rocha. Según ella, es la primera vez en la historia del Tribunal de Justicia de São Paulo que los jueces escuchan los argumentos de una abogada transgénero. Márcia es también la primera abogada del país en cambiar su nombre de pila al registrarse en el Colegio de Abogados de Brasil.