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La Corte Suprema de Brasil inicia la audiencia del caso que busca poner fin a las prórrogas automáticas de patentes.

Ha comenzado el pleno del Tribunal Supremo de Brasil para debatir si la vigencia de las patentes en Brasil puede prorrogarse automáticamente si el proceso de aprobación se prolonga demasiado.

Presidente del Supremo Tribunal Federal, Dias Toffoli (Foto: REUTERS/Adriano Machado)

Conjurar - La sesión plenaria del Supremo Tribunal Federal comenzó a juzgar este miércoles (28 de abril) si el plazo de las patentes en Brasil puede extenderse automáticamente si el proceso de aprobación tarda demasiado.

Durante la sesión, la Fiscalía General, que presentó la solicitud, la Procuraduría General de la República y... presentaron alegatos orales. amici curiaeEl juicio se reanudará este jueves (29 de abril).

El ponente del caso, el ministro Dias Toffoli, suspendió provisionalmente, el 7 de abril, la aplicación de la prórroga del plazo de validez de las patentes, incluso las pendientes, para productos farmacéuticos y materiales sanitarios, que solo pueden tener una validez de 15 años (modelo de utilidad) y 20 años (invención).

Esta medida está prevista en el único párrafo del artículo 40 de la Ley de Propiedad Industrial (Ley 9.279/1996). Dicha disposición estipula que, si el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) tarda demasiado en analizar las solicitudes de patente —debido a litigios pendientes comprobados o fuerza mayor—, su plazo podrá prorrogarse. 

La solicitud cautelar fue presentada por el Fiscal General de la República, Augusto Aras. En su petición, argumentó que, si bien no se solicitó una medida cautelar en la acción, "la situación sanitaria actual, derivada de la epidemia de Covid-19, constituye un hecho sobreviniente que exige y justifica la concesión inmediata de una medida cautelar urgente para suspender los efectos de la norma impugnada".

En su alegato oral de este jueves, Aras afirmó que la demora en el análisis de las solicitudes de prórroga solo beneficia a los titulares de la patente. Y esto, en su opinión, perjudica la libre competencia y a los consumidores.  

El Fiscal General de la Unión, André Mendonça, afirmó que el único párrafo del artículo 40 establece criterios objetivos para la extensión de la patente. Por lo tanto, opinó, no existe incertidumbre jurídica.

Mendonça también argumentó que la medida busca impedir que se otorguen patentes después de su fecha de vencimiento o la fecha en que están a punto de vencer, lo que haría imposible que los solicitantes recibieran una compensación financiera y desalentaría la innovación.

Argumentos de la PGR

En la Acción Directa de Inconstitucionalidad 5.529, la Fiscalía General impugna el único párrafo del artículo 40 de la Ley de Propiedad Industrial. 

La Fiscalía General argumenta que la disposición vulnera el principio de temporalidad de la protección de patentes, consagrado en el apartado XXIX del artículo 5 de la Constitución. Esta norma constitucional garantiza a los autores de invenciones industriales un privilegio temporal para su uso, así como la protección de sus creaciones industriales, la titularidad de marcas, nombres comerciales y otros signos distintivos, en aras del interés social y el desarrollo tecnológico y económico del país.

Según la Fiscalía General, al dejar indefinido el plazo de la patente, la disposición impugnada genera "graves daños a los derechos sociales y al orden económico" porque no permite que otras partes interesadas en explotar la creación industrial prevean y programen el inicio de sus actividades.

Según la Fiscalía General, la medida convierte al consumidor en "rehén de los precios y productos definidos por el titular del monopolio, sin ninguna perspectiva de cuándo tendrá acceso a nuevas opciones". Por lo tanto, argumenta que la medida viola la libre competencia, la seguridad jurídica, la protección del consumidor, el principio de eficiencia y la duración razonable de los procedimientos judiciales.

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