El STF garantiza la licencia de paternidad solo después del alta hospitalaria
La decisión no tiene repercusiones generales
Felipe Pontes, reportero de Brasil - Por unanimidad, la Segunda Sala del Supremo Tribunal Federal (STF) falló a favor de los policías penitenciarios del Distrito Federal (DF) y garantizó que la licencia de paternidad sólo comenzará después del alta hospitalaria del bebé o de la madre, y no a partir de la fecha del nacimiento.
En octubre de 2022, el pleno ya había dictaminado que la baja por maternidad solo podía comenzar tras el alta hospitalaria del bebé o de la madre. Desde entonces, esta es la primera vez que el Tribunal Supremo extiende esta sentencia a la baja por paternidad.
Los cinco ministros que conforman el Segundo Panel evaluaron el asunto en una sesión virtual que finalizó el viernes pasado (21). Todos siguieron la votación del ponente, André Mendonça.
Los ministros resolvieron un recurso presentado por el gobierno del Distrito Federal (DF) contra el Sindicato de Técnicos Penitenciarios del Distrito Federal (Sindpen-DF), que había obtenido una victoria en la justicia distrital para garantizar el inicio de la licencia de paternidad sólo después del alta hospitalaria.
En decisión colegiada, el Tribunal de Justicia del Distrito Federal y Territorios (TJDFT) anuló una norma del DF que especificaba la fecha de nacimiento o adopción como plazo inicial para el cómputo de la licencia por paternidad.
La Corte Suprema confirmó la decisión que anuló la regla del distrito, afirmando que las normas inferiores a la Constitución pueden regular la licencia por paternidad, pero nunca restringir este derecho de una manera que distorsione sus principios y objetivos.
La decisión no tiene repercusiones generales, produciendo efecto sólo en el caso de los agentes de policía de prisiones de distrito, pero sirve como el primer precedente de la Corte Suprema sobre este punto específico.
Base - El ponente aplicó al caso, por analogía, el mismo razonamiento que la decisión del pleno sobre la baja por maternidad. Es decir, el deber constitucional de proteger a las familias y a los niños prevalece sobre la necesidad de una norma específica sobre la duración inicial de la baja por paternidad.
Mendonça destacó los cambios sociales y laborales que se están produciendo en Brasil y en todo el mundo, reequilibrando la división de responsabilidades entre los miembros de una misma unidad familiar. Esto implica asegurar que los hombres tengan un papel más importante en el cuidado de los hijos.
“Si bien existen fundamentos biológicos, históricos y, sobre todo, culturales para la diferenciación entre el actuar de uno y otro, incluyendo consecuencias para los términos de las respectivas licencias, cada vez se reconoce más en todo el mundo la importancia del rol paterno en la primera infancia y la necesidad de exigir que la figura paterna ejerza sus responsabilidades en el cuidado de sus hijos”, escribió el ministro.
En este contexto, no se puede exigir que el disfrute del permiso de paternidad se cuente mientras el bebé o la madre se encuentran hospitalizados, pues ello limitaría este derecho constitucional y acabaría “incrementando la desigualdad que ya existe entre los roles de hombres y mujeres en el ámbito familiar y profesional”.
El ministro fue seguido sin reservas por los ministros Dias Toffoli, Edson Fachin, Gilmar Mendes y Nunes Marques.


