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El Tribunal Supremo decidirá sobre la reincidencia en delitos menores.

Se espera que el pleno del Supremo Tribunal Federal (STF) decida el miércoles (24) si el principio de insignificancia es aplicable en casos de reincidencia, a raíz de la resolución de tres recursos de habeas corpus interpuestos por acusados ​​de robar dos pastillas de jabón, un par de sandalias y 15 chocolates. El asunto se inició a debatir el año pasado en la Primera Sala del Tribunal, y el ministro encargado de los casos, Luiz Roberto Barroso, sostuvo que la absolución de los acusados ​​de hurto debería darse incluso en casos de reincidencia. Sin embargo, la jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal establece que dicho principio no es aplicable en casos de reincidencia ni de hurto agravado. Ante este estancamiento, el asunto se remitió al pleno del STF.

Se espera que el pleno del Supremo Tribunal Federal (STF) decida el miércoles (24) si el principio de insignificancia puede aplicarse en casos de reincidencia, en relación con la sentencia de tres recursos de habeas corpus interpuestos contra acusados ​​condenados por el hurto de dos barras de jabón, un par de sandalias y 15 chocolates. El asunto se inició a debatir el año pasado en la Primera Sala del Tribunal, y el ministro encargado de los casos, Luiz Roberto Barroso, sostuvo que la absolución de los acusados ​​de hurto debería darse incluso en casos de reincidencia. La jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal establece que el principio no puede aplicarse en casos de reincidencia ni de hurto agravado. Ante el estancamiento de la cuestión, el tema se remitió al pleno del STF. (Foto: Paulo Emílio)

André Richter, reportero de Agência Brasil - Se espera que el pleno del Tribunal Supremo Federal (TSF) decida el miércoles (24) si el principio de insignificancia puede aplicarse en casos de reincidencia. Los ministros analizarán tres recursos de habeas corpus interpuestos por acusados ​​condenados por el hurto de dos pastillas de jabón, un par de sandalias y quince bombones.

El asunto comenzó a ser juzgado el año pasado en la Primera Sala del Tribunal. En aquel entonces, el juez instructor de los casos, Luiz Roberto Barroso, entendió que la absolución de los acusados ​​de robo debía producirse incluso en casos de reincidencia. Para el juez, esto evita el aumento del hacinamiento carcelario.

A pesar de la interpretación del ministro, la jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que dicho principio no puede aplicarse en casos de reincidencia y hurto agravado. Ante este punto muerto, el asunto se remitió al pleno del Tribunal Supremo.

En doctrina jurídica, el principio de insignificancia implica la absolución de los acusados ​​que han cometido delitos de escasa gravedad y daño material. Para aplicar este principio, el juez debe considerar la falta de peligrosidad del acto, su bajo grado de reprochabilidad y el valor del objeto sustraído.