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El Tribunal Supremo desestima la violación en el caso de una niña de 12 años que quedó embarazada

La decisión por 3 votos a favor y 2 en contra es de la Quinta Cámara.

El STJ desestima la violación en el caso de una niña de 12 años que quedó embarazada (Foto: Marcello Casal Jr/Agência Brasil)

Por Felipe Pontes - Brasil Reporter - Brasilia

La Quinta Sala del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) decidió, por 3 votos contra 2, absolver del delito de violación de persona vulnerable a un hombre de 20 años que embarazó a una niña de 12 años. El juicio se celebró el martes pasado (12).

Los hechos ocurrieron en Minas Gerais y fueron denunciados por la madre del menor. El hombre fue condenado a 11 años y 3 meses de prisión por los tribunales de Minas Gerais, pero en apelación logró desestimar la denuncia por violación, decisión que ahora ha sido confirmada por el Tribunal Superior de Justicia.

En la instancia superior, prevaleció la postura del ponente, el magistrado Reynaldo Soares da Fonseca, quien votó en contra de la condena. Soares da Fonseca afirmó que era necesario un equilibrio de valores, considerando el Estatuto de la Primera Infancia y el bienestar del niño resultante de las relaciones sexuales, lo cual calificó de "prioridad absoluta".

La relatora destacó que entre la niña y el hombre se formó una unión estable, aunque de manera inapropiada y prematura, y pese a que ya no vive con la madre de la bebé, él le brinda asistencia a la menor.

Para absolver al acusado se aplicó una figura jurídica denominada “error de prohibición”, según la cual se puede descartar la culpabilidad de una persona si se demuestra que cometió el acto sin saber que estaba prohibido, es decir, asumiendo que actuaba dentro de la ley.

Según el relator, los jueces Joel Ilan Paciornik y Ribeiro Dantas, «ninguna solución puede abarcar todos los puntos de vista». Enfatizó que, en su opinión, el hombre carecía de discernimiento respecto al acto ilegal y, de hecho, quería formar una familia con la menor. «Esto es una excepción», afirmó.

Parcionik, por su parte, dijo que se trata de una comparación de principios, en la que la solución “menos mala”, en este caso específico, es priorizar los intereses del bebé. 

La jueza Daniella Teixeira disintió, afirmando que "no es racionalmente aceptable que un hombre de 20 años desconociera la ilegalidad de tener relaciones sexuales con una niña de 12 años".

Rechazó la idea de un error de prohibición, afirmando que el agresor era consciente de hacer algo prohibido, pues no sería el “'paleto' ejemplificado en las doctrinas del Derecho Penal ni el ermitaño que vive completamente aislado, sin acceso alguno a los medios de comunicación ni a la sociedad”.

"El hecho de que tengan una relación romántica no hace más que reforzar la situación de violencia impuesta a la adolescente, quien debe ser protegida por el Estado incluso de sus propios deseos. Nadie consideraría lícito ofrecerle una bebida alcohólica o una droga solo porque ella haya expresado su deseo", añadió el ministro.

Le siguió el ministro Messod Azulay, para quien la “presunción de delito” es absoluta en los casos de abusos sexuales contra menores.

Ley - El artículo 217-A del Código Penal establece que cualquier relación sexual con un menor de 14 años constituye un delito. El propio Tribunal Superior de Justicia (TSJ) cuenta con un precedente, aprobado en 2017, que confirma que la violación ocurre incluso con el consentimiento de la víctima e independientemente de su historial sexual.

Esta no es la primera vez que los tribunales descartan la violación en situaciones específicas, con algunas excepciones en la jurisprudencia. En la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (STJ), la jueza Daniella Teixeira argumentó que esta interpretación debe ignorarse, ya que el concepto de vulnerabilidad infantil es absoluto y no puede relativizarse.

“Un niño de 12 años no tiene la capacidad intelectual ni emocional para consentir un acto sexual”, subrayó el juez.