Teori ve efectos "irreversibles" por la publicación de las escuchas telefónicas.
"En este punto, debe reconocerse que los efectos prácticos derivados de la divulgación indebida de las conversaciones telefónicas interceptadas son irreversibles", evalúa el magistrado del Supremo Tribunal Federal en la decisión en la que solicita explicaciones al juez Sérgio Moro sobre la divulgación de los audios que involucran a Lula y la presidenta Dilma. "Lo que se cuestiona es la divulgación pública de las conversaciones interceptadas tal como ocurrió, de inmediato, sin tener en cuenta que la prueba ni siquiera fue apropiada para su único propósito constitucional legítimo ('para fines de investigación penal o instrucción procesal penal'), y mucho menos sometida a un procedimiento contradictorio mínimo", criticó Teori, enfatizando que la divulgación fue "ilegítima".
Por Patricia Faermann, de Jornal GGN
Al decidir retirar del juez federal de primera instancia Sergio Moro las investigaciones Lava Jato que involucran a los políticos y al ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, así como a la presidenta Dilma Rousseff, Teori Zavascki mencionó brevemente el impacto de las consecuencias para Lula y otros involucrados que, sin pasar por el Poder Judicial, tuvieron sus condenas decretadas por la población y la prensa en los últimos días.
"En este punto, debe reconocerse que los efectos prácticos resultantes de la divulgación indebida de conversaciones telefónicas interceptadas son irreversibles", concluyó el ministro del Supremo Tribunal Federal (STF), relator de los casos Lava Jato en el máximo tribunal.
“Lo que se cuestiona es la divulgación pública de las conversaciones interceptadas en la forma en que ocurrió, de manera inmediata, sin tomar en cuenta que la prueba ni siquiera era idónea para su único fin constitucional legítimo (‘para efectos de investigación criminal o instrucción procesal penal’), y mucho menos sometida a un procedimiento adversarial mínimo”, criticó Teori.
El ministro de la Corte Suprema afirmó que la decisión de divulgar las escuchas telefónicas, haciendo públicas las transcripciones completas de las conversaciones entre Lula y políticos, incluida la presidenta Dilma, fue "ilegítima".
A pesar de la "irreversibilidad" de las consecuencias de las conversaciones en el dominio público, Teori ordenó la reanudación de la confidencialidad, con la intención de:
Teori explicó que la justificación de Moro de que la gran cantidad de escuchas telefónicas en días consecutivos hacía "prácticamente imposible el control, incluso a posteriori, de las interceptaciones de innumerables líneas telefónicas" no podía justificar la posición del juez de Curitiba de no tomar "ninguna de las precauciones exigidas por la ley".
Las declaraciones de Teori forman parte de la decisión, tomada este martes (22), de que el juez de primera instancia envíe "todo el contenido de las investigaciones" para que el STF pueda decidir si separa o no los procesos que involucran al expresidente Lula y, también, si las acciones tomadas hasta ahora por Moro fueron "legítimas" o no.
Procuraduría: Moro violó la Constitución.
La solicitud fue una de las apelaciones presentadas por la Procuraduría General de la República ante el Tribunal Supremo. En ella, los cuatro argumentos de José Eduardo Cardoso no invocaron el uso político de la jurisdicción de Sergio Moro ni se refirieron a la decisión de Gilmar Mendes de mantener el caso de Lula en manos del Tribunal Federal de Paraná, como en otras apelaciones. El argumento se basó específicamente en las violaciones de la Constitución cometidas por Moro, que son las siguientes:
A) Aunque el foco de las investigaciones fue el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva, fueron interceptadas conversaciones mantenidas con el Presidente de la República.
B) El "magistrado de primera instancia", al descubrir conversaciones con políticos que tienen fuero privilegiado, como es el caso del Presidente, "deberá remitir esas conversaciones interceptadas al órgano jurisdiccional competente, el Supremo Tribunal Federal".
C) Aunque estos diálogos fueron encontrados "por casualidad durante la interceptación", la decisión de divulgarlos al público no es responsabilidad de Moro, "por un defecto de incompetencia absoluta", sino del Supremo Tribunal Federal.
D) Finalmente, la Procuraduría General de la República (PGJ) recordó que “la comunicación que involucra a la Presidenta de la República es una cuestión de seguridad nacional (Ley nº 7.170/83), y las prerrogativas de su cargo están protegidas por la Constitución”.
En otra solicitud a Teori, la defensa de la presidenta Dilma también afirmó que Moro solo envió al Supremo Tribunal Federal los datos sobre la violación del secreto telefónico de Lula, y no todas las investigaciones que motivaron las escuchas telefónicas. Según la Fiscalía General de la República, el juez de Lava Jato no tiene la autoridad para "definir el conjunto de investigaciones o procedimientos judiciales en curso que deben o no ser remitidos al Supremo Tribunal Federal para su revisión".
Tribunal Supremo Federal vs. Tribunal de Primera Instancia: la competencia recae en el Tribunal Supremo.
Apoyado en la jurisprudencia consolidada del Supremo Tribunal Federal, Teori Zavascki afirmó ante el juez de primera instancia Sergio Moro que "corresponde exclusivamente al Supremo Tribunal Federal, y no a cualquier otro tribunal, decidir" sobre la separación de causas que involucran a individuos con y sin fuero privilegiado.
El Ministro señaló que, al no existir decisión previa del Tribunal, “se perfila la probabilidad concreta de una vulneración de la competencia prevista en el artículo 102, I, b, de la Constitución de la República”.
Teori afirmó que Sergio Moro "era incompetente para el caso", ya que los políticos son juzgados por el Supremo Tribunal Federal. Además, Moro "vulneró el derecho fundamental a la confidencialidad", garantizado por la Constitución brasileña, afirmó el ministro.
Accede aquí El texto completo de la decisión.