Toffoli apela a la revisión de la vida en sesión plenaria presencial
Cuatro jueces de la Corte Suprema que ya votaron tendrán que votar nuevamente.
Agencia Brasil - El ministro Dias Toffoli, del Supremo Tribunal Federal (STF), solicitó este jueves (20) la presentación de dos recursos sobre la revisión de la vigencia de las pensiones pagadas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Con esto, el juicio que se estaba llevando a cabo en el pleno virtual debe ser remitido para su debate en el pleno presencial.
Esta revisión es un mecanismo que permite a los jubilados del INSS recalcular su beneficio en función de todas las cotizaciones a la seguridad social realizadas a lo largo de su vida.
Según las normas procesales, tras la nominación de Toffoli, la votación debe reiniciarse. Esto significa que los cuatro magistrados que ya habían votado a favor de rechazar las apelaciones y oponerse a la revisión vitalicia —Nunes Marques, Alexandre de Moraes, Cristiano Zanin y Flávio Dino— tendrán que votar de nuevo, lo que podría cambiar su postura.
No hay fecha definida para los juicios, que dependen de la inclusión en la agenda del presidente del Supremo, el ministro Luís Roberto Barroso.
Los votos revelados antes del destaque siguieron el entendimiento del relator, ministro Nunes Marques, que en su declaración se posicionó a favor de mantener la decisión en la que la Corte Suprema prohibió la posibilidad de revisar la vida entera.
Marques garantizó, sin embargo, en su voto que no habrá necesidad de devolver los montos ya pagados a los jubilados del INSS que obtuvieron victorias en los tribunales antes de que la Corte Suprema prohibiera la revisión de los beneficios.
Esto se debe a que, en un cambio de rumbo, en marzo del año pasado, la Corte Suprema revocó su propia sentencia anterior, que autorizaba la revisión de las vidas enteras. En aquel momento, se revocó la mayoría lograda en 2022, cuando la composición del pleno era diferente a la actual.
Con esto, el Supremo Tribunal Federal falló a favor del gobierno federal y eliminó el derecho de los jubilados a elegir el cálculo que les brindara el mayor beneficio: con o sin contribuciones antes de 1994, cuando se implementó el Plan Real. Estas contribuciones habían sido excluidas del cálculo con la reforma previsional de 1999.
En último recurso, bajo la forma de una declaración de embargo, la Confederación Nacional de Trabajadores Metalúrgicos (CNTM) argumentó, entre otros puntos, que la Corte Suprema no podía haber cambiado un entendimiento al que se había llegado sobre el mismo tema, poco antes.
Marques, sin embargo, desestimó el argumento, afirmando que “es inadecuado dar inmutabilidad a una decisión, ya sea monócrata o colegiada, que ahora tiene un significado opuesto a la nueva comprensión del Pleno”.
El relator también votó a favor de la declaración inmediata de la sentencia definitiva del caso, lo que significa que el caso debería concluir definitivamente en el Tribunal Supremo, sin posibilidad de apelación. Marques criticó a la CNTM por insistir en revertir el resultado actual y por considerar lo que denominó una "batalla eterna".


