Usar o cargo para enriquecer, como fez Deltan, configura improbidade
O uso das funcionárias do Ministério Público Federal em atividade particular pode ser interpretado como infração passível de demissão do serviço público, segundo o artigo 117 IX da Lei 8.112/90. Novo capítulo da Vaza Jato mostra como Deltan tentou enriquecer com palestras
Do site Desmascarando – Un devastador reportaje publicado hoy en Folha de São Paulo revela que el fiscal federal Deltan Dallagnol, coordinador del grupo de trabajo Lava Jato, ideó un plan de negocios para organizar eventos y conferencias con el fin de lucrarse con la fama y los contactos que obtuvo durante las investigaciones por corrupción, según mensajes obtenidos por The Intercept Brasil y analizados conjuntamente con Folha.
En una charla sobre el tema que surgió a finales de 2018, Deltan y un colega de Lava Jato hablaron sobre la formación de una empresa en la que no figurarían formalmente como socios, para evitar cuestiones legales y críticas.
Deltan explicó la iniciativa en una conversación con su esposa. "Organicemos conferencias y eventos y obtengamos ganancias, ¿de acuerdo? Es una buena manera de aprovechar nuestra red de contactos y nuestra visibilidad", escribió.
El reportaje del diario Folha revela detalles sobre cómo Deltan planeaba lucrarse con millones de reales a través de su empresa de conferencias, y también muestra que utilizó a empleados de la Fiscalía Federal de Paraná para resolver asuntos personales, lo cual podría constituir un acto de mala conducta administrativa, malversación y violación de la Ley 8.112/90. La intención de ejercer como administrador de una persona jurídica también revela desprecio por la Ley 8.112/90, que prohíbe a los funcionarios públicos ser administradores de empresas.
Un especialista en derecho administrativo consultado por Desmascarando señala la comisión de al menos dos ilegalidades por parte de Deltan Dallagnol, según lo expuesto en el artículo del periódico Folha de São Paulo:
Según el abogado, que prefiere permanecer en el anonimato por temor a represalias, el uso de empleados de la Fiscalía Federal para actividades privadas puede interpretarse como una infracción punible con la destitución del servicio público, de acuerdo con el artículo 117 IX de la Ley 8.112/90:
Artículo 117. A los funcionarios públicos les está prohibido lo siguiente:
IX – utilizar la propia posición para obtener beneficio personal o beneficio para otros, en detrimento de la dignidad de la función pública;
XVI – utilizar personal o recursos materiales del departamento para servicios o actividades privadas;
Según el abogado, el uso de empleados de la Fiscalía Federal para ayudar a organizar sus conferencias personales, un negocio privado en el que ganó alrededor de 400 reales solo en 2018, según el informe, también constituiría un acto de enriquecimiento ilícito, tal como se define en la Ley de Improbidad Administrativa (8429/92).
Artículo 9. Constituye un acto de mala conducta administrativa que implique enriquecimiento ilícito el obtener cualquier tipo de ventaja financiera indebida por razón de ocupar un cargo, mandato, función, empleo o actividad en las entidades mencionadas en el artículo 1 de esta ley, y en particular:
IV – utilizar, en trabajos o servicios privados, vehículos, maquinaria, equipo o material de cualquier naturaleza, propiedad de o a disposición de cualquiera de las entidades mencionadas en el artículo 1 de esta ley, así como el trabajo de funcionarios públicos, empleados o terceros contratados por estas entidades;
El artículo completo de Folha está disponible en este enlace:
