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Se me cayó el carné de músico.

Los profesionales ya no necesitan estar registrados en el Orden de Músicos de Brasil para trabajar, dictaminó el Supremo Tribunal Federal.

Agência Brasil – Los músicos que no estén inscritos en la Orden de Músicos de Brasil (OMB) ya no necesitan el carné de la institución para actuar. Así lo decidió hoy (2) el Supremo Tribunal Federal (STF) al resolver un recurso interpuesto por la sección de la OMB de Santa Catarina contra un tribunal que declaró la inconstitucionalidad de la acusación. Según los ministros del STF, cualquier restricción a la libertad profesional debe estar motivada por cuestiones técnicas, lo cual no ocurre con los músicos.

“La libertad de ejercer una profesión, consagrada en el Artículo 5, Párrafo 13 [de la Constitución], es casi absoluta. Cualquier restricción solo se justifica si es de interés público y no existe riesgo de perjuicio social asociado a la música”, declaró la ponente, la ministra Ellen Gracie. Contó con el apoyo unánime de los demás ministros, quienes también decidieron que, a partir de ahora, casos similares podrán juzgarse individualmente. 

El caso se encontraba pendiente ante el Supremo Tribunal Federal (STF) desde 2004 y comenzó a ser juzgado por la Segunda Sala del STF en 2005. La sentencia fue suspendida por una solicitud de revisión del ministro Gilmar Mendes, quien, al devolver el caso, propuso que el asunto fuera analizado directamente por el pleno del Tribunal. Esto se debe a que, meses antes, el STF había decidido que no se requiere un título en periodismo para ejercer la profesión.

“En la votación que preparé, invoco los principios de libertad de expresión que se discuten en el siempre controvertido tema del ejercicio del periodismo”, declaró Gilmar Mendes durante su votación esta tarde. Para el ministro Carlos Ayres Britto, poeta, el requisito de registro ante un organismo autónomo implica una restricción a la libertad creativa. “Esta limitación es rechazada por la Constitución Federal”, señaló.

La cuota de membresía de la Asociación Brasileña de Músicos (OMB) fue establecida por una ley de 1960, la cual también está siendo impugnada en una demanda ante el Supremo Tribunal Federal (STF). Esta ley estipula que la organización es responsable de seleccionar, disciplinar, defender la profesión y supervisar el ejercicio de los músicos en todo el país. Los músicos se quejan de que la organización cobra tarjetas de membresía y cuotas anuales, pero no defiende los intereses de la profesión. Según informes, la aplicación de la ley varía según la ciudad, y en muchos lugares se han cancelado espectáculos porque los músicos no estaban registrados en la asociación.

“Aquí en Goiânia hay control; me pillaron tocando en un bar y me amonestaron con una multa de R$150 si volvía a tocar sin carnet de socio”, informa un músico, hablando anónimamente, en un foro sobre el tema. Otro músico comenta que solo pudo comprar un instrumento a crédito con su número de la OMB y que el requisito del carnet de socio es más estricto en las grandes salas de conciertos.