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Cámara aprueba proyecto de ley que reduce exenciones fiscales.

El texto base del Proyecto de Ley 863/15, del Poder Ejecutivo, que aumenta las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos de las empresas de 56 sectores de la economía con alivio en la nómina salarial, la previsión inicial del Ministerio de Hacienda era reducir la pérdida de ingresos fiscales consecuente del alivio en R$ 12,5 mil millones por año, pero el proyecto sustituto reduce ese ahorro en aproximadamente el 15%, lo que quedará en alrededor de R$ 10 mil millones.

El texto base del Proyecto de Ley 863/15, del Poder Ejecutivo, que aumenta las alícuotas del impuesto sobre los ingresos brutos de las empresas de 56 sectores de la economía con alivio del impuesto sobre la nómina salarial; la previsión inicial del Ministerio de Hacienda era reducir la pérdida de ingresos fiscales resultante del alivio en R$ 12,5 mil millones por año, pero el proyecto sustituto reduce ese ahorro en aproximadamente un 15%, lo que rondará los R$ 10 mil millones (Foto: Roberta Namour)

Agencia de Cámara El pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en la madrugada de este jueves (25), el texto base del Proyecto de Ley 863/15, del Poder Ejecutivo, que aumenta las tasas aplicadas a los ingresos brutos de las empresas de 56 sectores de la economía con desgravaciones fiscales sobre la nómina. Las enmiendas presentadas al proyecto de ley sustitutivo por el diputado Leonardo Picciani (PMDB-RJ) se analizarán hoy mismo, en una sesión programada para las 9:00 h.

El mecanismo, creado en 2011 y ampliado en años posteriores, prevé la sustitución de la aportación patronal del 20% a la nómina de las cotizaciones a la seguridad social por tasas aplicadas a los ingresos brutos. El proyecto de ley aumenta las tasas actuales del 1% y el 2% al 2,5% y el 4,5%, respectivamente.

Según el gobierno, el ajuste es necesario para reequilibrar las cuentas debido a la gran exención de impuestos, que alcanzó R$ 21,5 mil millones en 2014, valor 62,8% superior a los R$ 13,2 mil millones no recaudados en 2013.

Sin embargo, el proyecto de ley sustitutivo de Picciani aumenta la tasa del 2% al 3% para los sectores de centros de llamadas y transporte de pasajeros por carretera, ferrocarril y metro.

En el otro tramo impositivo, del 1%, habrá un aumento menor, hasta el 1,5%, para las empresas de periódicos, radio y televisión; el sector de transporte de carga; el transporte aéreo y marítimo de pasajeros; los operadores portuarios; el sector del calzado; y la producción de autobuses.

El sector de carne, pescado, aves y derivados continúa gravado con el 1% de sus ingresos brutos.

Beneficio acumulado

Según datos del Servicio de Ingresos Federales, la medida benefició a poco menos de 10 empresas a principios de 2012, con tasas del 1,5% y el 2,5%.

Actualmente, más de 84 empresas cotizan a la Seguridad Social con base en sus ingresos brutos. Los tres sectores que más se beneficiaron de la reducción fiscal fueron la construcción (22,6 empresas), el comercio minorista (10,8 empresas) y las tecnologías de la información (10,7 empresas).

La previsión inicial del Ministerio de Hacienda era reducir la pérdida de ingresos fiscales derivada de la exención en R$ 12,5 mil millones al año, pero el proyecto de ley sustituto reduce ese ahorro en aproximadamente 15%, llevándolo a alrededor de R$ 10 mil millones.

Incluso con el aumento de la tasa impositiva, el 40% de las empresas del sector seguirán beneficiándose de la exención fiscal.

Caso general

El aumento del tipo impositivo general del 1% al 2,5% afectará a las empresas de mantenimiento y reparación de aeronaves, al sector minorista, a los fabricantes de juguetes (muñecas, triciclos, trenes eléctricos, instrumentos musicales), a los proveedores de piedra (granito y mármol), entre otros.

La tasa del 4,5% se aplicará a las empresas del sector hotelero, proyectos de nueva construcción y empresas de tecnologías de la información (TI) y de tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

Opción irrevocable

Cuando el proyecto de ley se convierta en ley, ya no será obligatorio estar clasificado bajo este tipo de tributación, ya que no resulta rentable para muchas empresas.

Esto beneficiará aproximadamente al 22% de las empresas elegibles (4,6), quienes pagarán menos impuestos porque podrán optar por pagar nuevamente el 20% sobre la nómina, ya que la rebaja fiscal benefició más a quienes pagan salarios más altos.

La opción debe ejercerse en enero de cada año. Excepcionalmente, para 2015, la opción podrá ejercerse en agosto de 2015 y será válida por el resto del año. La opción es válida durante todo el año y no puede revisarse hasta el siguiente ejercicio fiscal. En el caso de empresas que fabrican productos sujetos a diferentes tipos impositivos (2,5% o 4,5%), la opción se aplicará a ambos.

Construcción civil

Para evitar problemas relacionados con la regularización fiscal que podrían ocasionar las diferentes alícuotas, los proyectos iniciados en abril de 2013 y hasta el día anterior a la futura ley seguirán pagando el 2% hasta su finalización.

En el sector de la construcción, las tasas impositivas se aplican a cada proyecto individual. Por lo tanto, los proyectos que se inicien después de la publicación de la ley tendrán una tasa impositiva del 4,5 %.