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Pedro Serrano: Voto de Fux sobre incompetencia del STF contradice jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal

El jurista cuestiona el argumento de Fux y sostiene que el Supremo Tribunal Federal es el único tribunal competente para juzgar ataques contra la propia Corte.

Pedro Serrano y Luiz Fux (Foto: Divulgación | Rosinei Coutinho/STF)

247 - El experto legal Pedro Serrano evaluó el voto del juez Luiz Fux sobre la presunta incompetencia del Supremo Tribunal Federal (STF) para juzgar el caso relacionado con el intento de golpe de Estado, que involucra a Jair Bolsonaro (PL) y otros acusados. En declaraciones a Brasil 247Serrano señaló que la posición de Fux contradice la jurisprudencia consolidada del STF y los principios fundamentales del sistema judicial brasileño.

Serrano abordó dos líneas principales del argumento de Fux. La primera se refiere a la alegación de que los acusados ​​carecen de fuero privilegiado, al ser exfuncionarios públicos. Sin embargo, el jurista enfatizó que este argumento es erróneo, ya que Bolsonaro ejerció la presidencia de la República durante la mayor parte del período en que se cometieron los delitos. "Esto contradice la jurisprudencia del Supremo Tribunal Federal, especialmente porque Bolsonaro ejerció la presidencia durante la mayor parte del período en que se cometió el delito", afirmó. Además, Serrano enfatizó que el delito imputado a los acusados ​​no se limita al suceso del 8 de enero, sino que abarca una serie de hechos ocurridos con anterioridad, lo que refuerza la jurisdicción del Supremo Tribunal Federal sobre el caso.

La segunda observación de Serrano refleja el hecho de que Fux analizó la jurisdicción del STF únicamente desde la perspectiva de la jurisdicción privilegiada de los acusados, sin considerar a la víctima del delito: el propio Supremo Tribunal Federal. "La víctima es el Supremo Tribunal Federal", afirmó el jurista, señalando que el reglamento interno del STF determina que el Tribunal tiene jurisdicción para conocer de los casos relacionados con delitos cometidos dentro de su jurisdicción. "El Supremo Tribunal Federal es responsable de investigar y perseguir los hechos ocurridos dentro de su jurisdicción. No se trata solo de investigar, sino también de determinar los procedimientos", explicó Serrano.

Afirmó enfáticamente que, en un sistema judicial democrático, cuando la víctima de un delito es el propio Tribunal, le corresponde a este procesar y juzgar a los responsables. "En todo el mundo, cuando la víctima es el tribunal, le corresponde al tribunal procesar y juzgar. No hay excepciones en el mundo democrático", afirmó, enfatizando que la estructura jerárquica del Poder Judicial brasileño exige que el Supremo Tribunal Federal, como máximo tribunal, tenga jurisdicción para conocer los casos que involucran al propio Tribunal.

Serrano también cuestionó la idea de que un juez de primera instancia pudiera ordenar actos procesales dentro de la Corte Suprema, como solicitar documentos o realizar registros e incautaciones en las instalaciones del tribunal. "Es evidente que esto perturba el sistema. No hay otro tribunal que pueda juzgar, aparte de la Corte Suprema, porque fue atacada", afirmó, señalando que algunos de los delitos ocurrieron dentro de la propia sede de la Corte Suprema, incluidos los sucesos del 8 de enero.

En cuanto a la cuestión de la competencia entre la Primera Sala y el pleno de la Corte Suprema, Serrano coincidió con Fux en que el pleno de la Corte debería ser responsable de todos los casos importantes, como el del intento de golpe de Estado. Sin embargo, enfatizó que la norma procesal vigente establece que el tribunal es responsable de conocer dichos casos. "Incluso coincido con Fux, en cuanto a... lege ferenda, cuando afirma que el Pleno debe ser competente para todos los casos que llegan a la Corte Suprema", afirmó. Sin embargo, enfatizó que la norma vigente es clara y se definió antes de la presentación de la demanda, lo que hace que el debate sobre su constitucionalidad sea pertinente, pero no relevante en el presente caso.

Para Serrano, la decisión del Tribunal Supremo sobre la competencia para juzgar el intento de golpe de Estado debe basarse en principios constitucionales fundamentales, considerando no solo cuestiones procesales, sino también el contexto y la gravedad de los actos cometidos contra la propia institución. El jurista reiteró que el Tribunal Supremo es el único órgano legítimo para conocer un caso de esta magnitud, en el que se atentó contra la propia estructura del Estado democrático.

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