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Facebook tendrá que facilitar los datos de los usuarios a Aécio.

Facebook deberá proporcionar los datos de un usuario al senador suspendido Aécio Neves (PSDB-MG). Según la decisión del juez Antonio Carlos de Figueiredo Negreiros, del 7.º Juzgado Civil, que confirmó una medida cautelar que había emitido previamente, «es indiscutible que se difundió un mensaje que vinculaba el nombre del autor [Aécio Neves] con su presunta participación en actividades delictivas e investigaciones policiales en curso»; lea el informe de Conjur.

Aécio Neves (Foto: Leonardo Attuch)

Por Tadeu RoverEn conjur

Facebook deberá proporcionar los datos de un usuario al senador suspendido Aécio Neves (PSDB-MG). Según la decisión del juez Antonio Carlos de Figueiredo Negreiros, del 7.º Juzgado Civil, que confirmó una medida cautelar que había emitido previamente, «es indiscutible que se difundió un mensaje que vinculaba el nombre del demandante [Aécio Neves] con su presunta participación en actividades delictivas e investigaciones policiales en curso».

En la demanda, que se tramita bajo secreto de sumario, el congresista alegó haber sido ofendido por una usuaria y que, debido a la amplia repercusión del caso, su imagen se vio perjudicada. Por lo tanto, solicita su información para poder tomar las medidas legales pertinentes.

La orden publicado no Boletín Oficial Electrónico El tribunal de São Paulo no menciona qué comentario motivó la acción en 2016.

Comentario de Facebook

Sin embargo, en el perfil del usuario se pueden ver algunas publicaciones donde menciona a Aécio Neves. En el mensaje más compartido... (ver barra lateral)Se dice que el político está vinculado al narcotráfico y mencionado en la Operación Lava Jato.

Además de los datos de registro, Aécio también intentó obtener los datos personales del usuario y el puerto lógico de origen. El senador suspendido también solicitó que el caso se tramitara en secreto.

Se concede una medida cautelar
En septiembre de 2016, al analizar la solicitud de precaución, el juez Antonio Carlos de Figueiredo Negreiros entendió que el contenido difamatorio de los comentarios justificaba el interés de Aécio Neves en obtener los datos del usuario para que pudiera tomar las medidas adecuadas.

Sin embargo, la solicitud de confidencialidad fue denegada en ese momento. «No preveo ningún riesgo de destrucción o retirada de pruebas que justifique la tramitación del caso bajo secreto», declaró el juez.

Sin embargo, menos de un mes después, se decretó el secreto profesional "para preservar la confidencialidad del usuario de la curiosidad ajena". Desde entonces, el proceso se ha llevado a cabo en secreto, y ni siquiera es posible seguir el desarrollo del procedimiento en el sitio web del Tribunal de Justicia de São Paulo.

Conflicto de principios
En una decisión publicada este martes (20 de junio), se confirmó la medida cautelar y se ordenó a Facebook proporcionar los datos de registro e inicio de sesión del usuario. La decisión también impide a la red social informar al usuario sobre las solicitudes, "para evitar la destrucción de pruebas".

En su decisión, el juez explicó que no existen principios constitucionales absolutos y que en caso de conflicto entre ellos, debe prevalecer el más relevante según el caso concreto.

Aunque no es objeto de la demanda, el juez consideró necesario emitir un juicio de valor sobre la publicación que motivó la acción. Esto se debe a que, según él, la divulgación de datos confidenciales de un usuario de una red digital solo está permitida en caso de un acto ilícito.

Tras revisar el contenido, el juez concluyó que la usuaria había abusado de su derecho a la libertad de expresión. Por lo tanto, considerando la probabilidad de daño a la imagen de Aécio Neves, falló a favor de la demandante.

“Considerando que en el expediente se ha identificado la violación del derecho al honor y a la imagen del autor, se observa que resulta pertinente aportar datos y registros pertenecientes a los creadores de las páginas”, afirmó.

"Puerta lógica"
El juez dictaminó que la solicitud del senador suspendido de obligar a Facebook a proporcionar el "puerto lógico" del usuario era inadmisible. Según el juez, la red social es un proveedor de aplicaciones y no está obligada a almacenar esta información. La decisión establece que la información sobre el puerto lógico de origen debe solicitarse a los proveedores de servicios de internet.

Un puerto lógico es una herramienta que surgió con la expansión de internet, lo que permitió que más de un usuario usara el mismo protocolo de internet (IP) simultáneamente. Aún se debate quién debería almacenar la información del puerto lógico.

Em articulo publicado na ConjurarEl abogado Marcelo Frullani Lopes destaca que, según expertos y la propia Anatel, aunque no esté prevista por la ley, esta información es esencial para la identificación inequívoca del usuario infractor.

Sin embargo, Frullani afirma que no hay consenso entre los proveedores sobre quién debe almacenar esta información. En las decisiones citadas en su texto, señala que existe desacuerdo incluso dentro del propio Tribunal de Justicia de São Paulo.

Kaminski critica la orden de secreto adoptada en el caso.

"Clientes" del Marco Brasileño de Derechos Civiles para Internet
El abogado y profesor Omar Kaminski, coordinador del sitio web Observatorio del Marco de Derechos Civiles para InternetAfirma que algunos políticos se han convertido en "usuarios" frecuentes de la Carta de Derechos de Internet de Brasil, en particular en lo que respecta a las solicitudes de identificación y eliminación de contenidos.

El propio senador suspendido ya ha presentado demandas similares. En 2014, Aécio Neves obtuvo una orden judicial que le otorgaba el derecho a obtener datos de más de 20 usuarios de Twitter que presuntamente ofendían al político, entonces candidato a la presidencia de la República.

Más recientemente, otros dos políticos del PSDB también utilizaron el poder judicial para obtener datos de usuarios. Los tribunales de São Paulo... orden preliminar confirmada lo que obligó a Twitter a proporcionar datos de seis usuarios al gobernador de São Paulo, Geraldo Alckmin.

En abril, el juez Fernando Henrique de Oliveira Biolcatti, del 22º Juzgado Civil de São Paulo, dictaminó que Facebook proporcionar las IP de los usuarios sospechosos de organizar protestas frente a la casa del alcalde de São Paulo, João Doria.

"Secreto" de justicia
El abogado también critica la orden de secreto adoptada en el caso de Aécio Neves. Según él, esta acción debería estar sujeta al escrutinio y al interés público. "Es incluso un caso trivial, si consideramos que demandar a usuarios de redes sociales por 'ofensas morales' es algo 'trivial', especialmente cuando se trata de políticos, figuras públicas como lo son".

La divulgación del nombre del senador en la orden publicada refuerza aún más un problema relacionado con el secreto judicial y los procesos electrónicos, como lo señaló Omar Kaminski en... articulo publicado na Conjurar.

El profesor señala que sólo fue posible conocer la demanda porque el nombre del autor terminó indexado en los buscadores luego de que la publicación en DJSP lo citara por su nombre.

En su texto, el abogado cita casos en los que la protección de la confidencialidad en los procedimientos judiciales ha fallado, como es el caso actual de Aécio Neves. Considera que este debate aún requiere mayor análisis.

Existe una clara falta de preparación y una desconexión, y urge un manejo más riguroso de la información sensible (especialmente datos personales e información confidencial) contenida en los procesos electrónicos. Como mínimo, se debe prestar más atención al manejo y almacenamiento de la información por parte de todos los involucrados, afirmó.

Clic aquí para leer la decisión.
Caso n.° 1107049-21.2016.8.26.0100

*Texto actualizado a las 16:25 horas del 21 de junio para corrección.