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Juez decide que no debe haber límite en el número de viajes permitidos con la tarjeta Cartão Fácil.

El acceso a los andenes será libre, sin límite en el número de viajes; se ha estipulado una multa diaria de R$ 5 en caso de incumplimiento de la medida cautelar de Setransp; otra medida es la provisión de suficientes puntos de venta para la recarga de billetes para satisfacer la demanda, con la implementación de un segundo chip en las máquinas de recarga. "La limitación de viajes ya está ocurriendo y la demora en la consideración de la solicitud puede aumentar las pérdidas sufridas por los usuarios del sistema de transporte", afirma la jueza Maria Umbelina Zorzetti.

El acceso a los andenes será libre, sin límite en el número de viajes; se estipuló una multa diaria de R$ 5 en caso de incumplimiento de la orden de Setransp; otra medida es la provisión de suficientes puntos de venta para la recarga de billetes para satisfacer la demanda, con la implementación de un segundo chip en las máquinas de recarga. «La limitación de viajes ya está en marcha y la demora en la consideración de la solicitud puede aumentar las pérdidas sufridas por los usuarios del sistema de transporte», afirma la jueza Maria Umbelina Zorzetti (Foto: Realle Palazzo-Martini).

Goiás 247 - La jueza Maria Umbelina Zorzetti dictaminó que la Unión de Empresas de Transporte Urbano de Pasajeros de Goiânia (Setransp) debe, en un plazo de 24 horas, no limitar el número de viajes con la Tarjeta Fácil con tarifa reducida en el Sistema Eje Anhanguera, de modo que el acceso a los andenes sea libre, sin limitación alguna en el número de viajes. Se impuso una multa diaria de R$ 5 en caso de incumplimiento de la medida cautelar.

Otra medida adoptada por el juez fue habilitar suficientes puntos de venta para recargar los abonos de autobús para satisfacer la demanda, mediante la implementación de un segundo chip en las máquinas de recarga. Para María Umbelina, es evidente que la demora en la impartición de justicia podría causar graves perjuicios a los usuarios que, a principios de semana, necesitarían transporte para sus desplazamientos.

“La limitación de viajes ya está en marcha, y la demora en la revisión de la solicitud podría aumentar las pérdidas sufridas por los usuarios del sistema de transporte. La conducta del primer demandado al limitar la concesión del beneficio de media tarifa en el Eje Anhanguera a cuatro viajes diarios es irrazonable, lo que resulta en una violación del derecho ciudadano a ir y venir, garantizado por la Constitución Federal (CF)”, evaluó. Por otro lado, respecto a la prohibición del aumento de tarifas, la jueza consideró que, al no ser urgente, la situación debía ser analizada por el juez del caso al inicio del horario laboral habitual.