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Tribunal anula inspección ambiental de vehículos creada por el gobierno.

La jueza Silvana Maria Parfieniuk, del Segundo Juzgado de Hacienda Pública y Registros de Palmas, dictó una medida cautelar que suspende los efectos de la Ordenanza 53 de 2016 del Departamento de Tránsito (Detran) de Tocantins, que establecía el procedimiento de acreditación para la ejecución del servicio de inspección ambiental de vehículos. La magistrada también canceló el contrato firmado entre el Estado y la empresa O2, así como sus servicios, hasta que se dicte una decisión definitiva sobre el fondo. Asimismo, estipuló una multa diaria de R$ 10.000 en caso de incumplimiento de la sentencia por parte del Departamento de Tránsito. El límite es de R$ 300.000.

La jueza Silvana Maria Parfieniuk, del Segundo Juzgado de Hacienda y Registros Públicos de Palmas, suspendió provisionalmente la vigencia de la Ordenanza 53 de 2016 del Departamento de Tránsito (Detran) de Tocantins, que establecía el procedimiento de acreditación para la ejecución del servicio de inspección ambiental de vehículos. La magistrada también canceló el contrato firmado entre el Estado y la empresa O2, así como sus servicios, hasta que se dicte una decisión definitiva sobre el fondo. También estipuló una multa diaria de R$ 10.000 en caso de incumplimiento de la sentencia por parte del Departamento de Tránsito. El límite es de R$ 300.000 (Foto: Valter Lima).

247 - La jueza Silvana Maria Parfieniuk, del Segundo Juzgado de Hacienda y Registros Públicos de Palmas, dictó una medida cautelar que suspende los efectos de la Ordenanza 53 de 2016 del Departamento de Tránsito (Detran) de Tocantins, que establecía el procedimiento de acreditación para la ejecución del servicio de inspección ambiental vehicular. La jueza también canceló el contrato firmado entre el Estado y la empresa O2, así como sus servicios, hasta que se dicte una decisión definitiva sobre el fondo. Además, estipuló una multa diaria de R$ 10.000 en caso de incumplimiento de la resolución del Departamento de Tránsito. El límite es de R$ 300.000.

La decisión se dictó en el marco de una demanda colectiva interpuesta por el periodista y abogado Arnaldo Filho Lima da Silva, de Araguaína, quien argumentó que el acto administrativo del Departamento de Transporte (Detran) era ilegal por violar la Ley Federal 8.666 de 1993 y la moral administrativa. Argumentó además que el Departamento de Transporte incumplió la disposición de la Ley 2.980 de 2015, que estableció el sistema de acreditación de prestadores de servicios, y que dicha normativa solo se puede aplicar en casos en que sea demostrable la imposibilidad de que las partes interesadas compitan.

En la sentencia, el juez señala que la contratación de la empresa O2 mediante simple acreditación, con vulneración de la regla general que exige la licitación, constituye una vulneración del principio de igualdad de oportunidades de todos los interesados ​​en contratar con la administración.

"No me parece razonable que la asignación de la tasa sea en las proporciones establecidas en el Plan de Control de la Contaminación Vehicular del Estado de Tocantins, que establece expresamente que sólo el 20% del valor recaudado será transferido al Estado de Tocantins", añadió el juez.

En un comunicado aclarando la situación, el gobierno estatal defendió la creación de la inspección ambiental vehicular, vigente desde el 2 de este mes. A través de la Secretaría de Comunicación Social (Secom), el Poder Ejecutivo informó que los fondos recaudados se invertirán en el monitoreo de la calidad del aire, estudios e investigaciones que evalúen la relación costo-beneficio de las acciones y las medidas de compensación ambiental.