Diputado laborista: Pimentel quiere preservar los contratos existentes.
El senador José Pimentel (PT-CE) presentó 25 enmiendas al texto de la medida provisional que modifica puntos de la reforma laboral. Estas enmiendas buscan evitar que las nuevas normas afecten los contratos de trabajo existentes, la externalización amplia e irrestricta de las actividades de la empresa y garantizar a los trabajadores externalizados los mismos derechos que les garantiza el convenio colectivo de la categoría predominante de la empresa, entre otros puntos.
Ceará 247 - Entre las 25 enmiendas presentadas por el senador José Pimentel (PT-CE) al texto de la medida provisional que modifica puntos de la reforma laboral (MP 808/17), una busca evitar que las nuevas normas afecten a los contratos de trabajo ya vigentes. Pimentel propone la supresión del artículo que impone la aplicación de la nueva legislación a los contratos ya formalizados.
Según Pimentel, la medida provisional incurre en dos graves inconstitucionalidades al establecer esta nueva regulación. La primera es ignorar el principio de que la ley no perjudicará el "acto jurídico perfecto", es decir, un contrato ya firmado entre el trabajador y el empleador.
La segunda inconstitucionalidad señalada por el senador es que la reforma laboral (Ley 13.467/2017) no puede regularse mediante una medida provisional de aplicación inmediata. «Cualquier efecto inmediato en materia procesal laboral goza de la misma protección constitucional que el procedimiento civil, en cuanto a la imposibilidad de su regulación mediante una medida provisional», afirma Pimentel en la justificación de la enmienda.
Otras dos enmiendas propuestas por el senador buscan impedir la externalización amplia e irrestricta de las actividades empresariales, tal como lo permite la medida provisional. Pimentel propone mantener la externalización únicamente en las actividades auxiliares, es decir, aquellas que no constituyen la esencia económica o empresarial de la empresa. El objetivo, explica el senador, es evitar la creación de la figura del trabajador de segunda clase, discriminado, sin identidad, tratado genéricamente como 'trabajador externalizado' y no como parte de la categoría profesional a la que realmente pertenece, lo que atenta contra el valor social del trabajo.
En otra enmienda, Pimentel propone que los trabajadores subcontratados tengan los mismos derechos garantizados en el convenio colectivo para la categoría predominante de la empresa. La intención es asegurar beneficios como el mismo salario mínimo o un complemento a dicho monto, mediante una bonificación, por ejemplo.
trabajo intermitente
Pimentel también presentó una enmienda que hace permanente el período de espera de 180 días antes de que un trabajador despedido pueda ser contratado por la misma empresa como trabajador intermitente (régimen de trabajo por horas, según las necesidades del empleador). El texto original de la medida provisional establecía este requisito solo hasta el 31 de diciembre de 2020. Después de esa fecha, no hay impedimento. "Sin esta limitación permanente, cualquier situación podría dar lugar al despido y la recontratación, lo que conlleva la pérdida de derechos, la precariedad laboral y la total vulnerabilidad del trabajador frente al empleador", declaró el senador.
Despido colectivo
Otro punto de la medida provisional de la reforma laboral que Pimentel pretende modificar mediante una enmienda tiene como objetivo evitar los despidos colectivos sin justificación plausible y sin negociación con las entidades sindicales. Según el senador, «la mera equiparación del despido colectivo con el despido individual, sin el requisito de la autorización previa de la entidad sindical ni la firma de un convenio colectivo, es una medida con graves repercusiones».
Al justificar la enmienda, Pimentel recordó que "el Tribunal Superior del Trabajo (TST) ya estableció el entendimiento de que los despidos masivos requieren necesariamente una negociación previa, a fin de discutir los criterios y métodos por los cuales se producirán esos despidos".