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En la región del Sertão, el tribunal autoriza a una persona transgénero a cambiar su nombre.

Una decisión judicial de Água Branca, en la región del Sertão (Alagoas), autoriza a la mujer transgénero Paloma Lorrany da Conceição Lima a cambiar su nombre en su certificado de nacimiento, incluso si el documento consta como femenino; según la ley brasileña, el nombre es un derecho de la personalidad, inalienable e irrenunciable.

Una decisión judicial de Água Branca, en la región del Sertão (Alagoas), autoriza a la mujer transgénero Paloma Lorrany da Conceição Lima a cambiar su nombre en su certificado de nacimiento, incluso si el documento consta como femenino; según la ley brasileña, el nombre es un derecho de la personalidad, inalienable e irrenunciable (Foto: Voney Malta).

Alagoas 247 Desde los 12 años, la transexual Paloma Lorrany da Conceição Lima, quien se identifica como niña, recibió la solicitud de cambio de nombre en el registro civil por parte de la Justicia de Alagoas este jueves (14). La decisión proviene del juez Filipe Ferreira Munguba, del Distrito de Água Branca, quien también determinó que el documento debe indicar el sexo femenino.

El juez Filipe Munguba enfatizó que, según la legislación brasileña, el nombre es un derecho fundamental de la personalidad, inalienable e irrenunciable. Argumentó que una persona transgénero, como cualquier otra persona nacida viva y con personalidad jurídica, tiene el derecho fundamental a un nombre compatible con su estado mental.

"Las personas transgénero necesitan, como forma de afirmar su propia personalidad —derivada del cumplimiento de un derecho fundamental—, un nombre compatible con su identificación interna, incluso como forma de disminuir, aunque sea levemente, los conflictos internos a los que están sometidas, además de los prejuicios comunitarios, especialmente en un contexto social como el del interior del nordeste de Brasil, todavía arraigado en un modo de pensar bastante conservador, por decir lo menos", afirmó el magistrado.

Al solicitar la corrección de su registro civil, Paloma Lorrany argumentó que, a pesar de haber nacido con un sexo fisiológico correspondiente al género masculino, se desarrolló como mujer y así es como se percibe y se siente. Afirmó que, debido a la gran discrepancia entre su nombre legal y su apodo social, sufre diversos inconvenientes y contratiempos. 

En su testimonio, Paloma declaró que usa el baño de mujeres en lugares públicos porque ha vivido situaciones embarazosas al usar el baño de hombres. También afirmó que solo se enteró de su identidad transgénero mientras estudiaba en la Universidad Federal de Alagoas (Ufal), y que cuando planteó el problema en la universidad, le autorizaron a usar el baño de mujeres. Paloma Lorrany es la primera estudiante de la Ufal (Campus Sertão – Delmiro Gouveia) en usar el nombre que eligió.

El testimonio personal fue crucial para consolidar la interpretación del Tribunal. De hecho, es evidente que la demandante se identifica psicológicamente, a pesar de no haberse sometido a una cirugía de reasignación de género, como mujer, incluso en su forma de vestir y expresarse, declaró el juez Filipe Munguba.

El magistrado también destacó que en mayo de este año, después de varias decisiones de tribunales de justicia, el Superior Tribunal de Justicia (STJ), en un caso que fue sellado, consolidó la posibilidad de rectificar el registro civil de una persona transexual independientemente de si se ha sometido a una cirugía de reasignación de sexo.

“El ministro Luis Felipe Salomão afirmó en su voto que, a pesar de la existencia de principios como la inmutabilidad de los nombres, disposiciones legales como la Ley de Registros Públicos prevén la posibilidad de cambiar un nombre que provoque situaciones embarazosas o socialmente degradantes, como nombres que desentonen con la apariencia física del individuo”, enfatizó el juez.

Con asistencia de TJ/AL (Tribunal de Justicia de Alagoas).