El fiscal quiere que la Fiscalía General tome medidas contra los agentes de policía temporales del Tribunal Supremo.
El fiscal Fernando Krebs ha solicitado oficialmente al Procurador General de Justicia, Lauro Machado Nogueira, que analice la posibilidad de cuestionar la constitucionalidad de la Ley Estatal No. 17.882/2012, que establece el Servicio Militar Voluntario del Estado (Simve); según él, el Estado debería convocar a quienes aprobaron el examen competitivo; una decisión del presidente del TJ-GO (Tribunal de Justicia de Goiás) suspendió el mandamiento judicial preliminar que ordenaba la destitución de los oficiales de la policía militar voluntaria.
MP-GO_ El jueves (6), el fiscal Fernando Krebs envió una carta al Procurador General de Justicia, Lauro Machado Nogueira, solicitándole que analice la posibilidad de cuestionar la constitucionalidad de la Ley Estatal N° 17.882/2012, que establece el Servicio Militar Voluntario del Estado (Simve). El fiscal argumenta que la ley presenta varias irregularidades constitucionales, incluyendo la posibilidad de crear un nuevo tipo de servidor público, contrario a la Constitución de Goiás.
Argumenta que, por regla general, el acceso a cargos y empleos públicos depende de la aprobación previa mediante un concurso público. Los cargos por designación, que pueden cubrirse libremente, independientemente de la aprobación previa mediante concurso público, están destinados únicamente a funciones de gestión, liderazgo y asesoramiento. Además, los contratos de duración determinada deben responder a una necesidad temporal de excepcional interés público.
Sin embargo, los miembros del Simve (Servicio Militar Especial) poseen características similares a las del personal militar estatal permanente, ya que realizan actividades típicas y permanentes de la Policía Militar, se rigen por la normativa y la legislación estatal aplicables a la Policía Militar y al Cuerpo de Bomberos, y reciben una remuneración fija. Por otro lado, presentan características propias de los empleados temporales, como la contratación mediante un proceso de selección simplificado, la vinculación temporal con la administración pública y la cotización al Sistema General de Seguridad Social.
El fiscal argumenta además que está prohibido al legislador subconstitucional crear nuevos tipos de funcionarios públicos o nuevas formas de nombramiento que no estén contempladas en los artículos 92, II, VI y X, de la Constitución del Estado. Añade que «las funciones constitucionales de la Policía Militar, es decir, el mantenimiento del orden público y la seguridad de las personas y los bienes, así como la actividad policial visible, tienen un carácter claramente permanente, por lo que el personal militar responsable de estas tareas debe ser reclutado mediante concurso público con aprobación previa».
Por lo tanto, argumenta que la Ley N.° 17.882/2012 es inconstitucional, ya que las funciones de la Policía Militar, bajo ninguna circunstancia, pueden considerarse una necesidad temporal para el Estado. Krebs también destaca que la Suprema Corte Federal tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre el asunto y declarar la inconstitucionalidad de varias leyes estatales que ignoraron los criterios constitucionales de necesidad temporal e interés público excepcional que deben regir la contratación temporal. Debido a una flagrante violación de los artículos 121, II, 122, I y 124 de la Constitución del Estado de Goiás, el fiscal argumenta a favor de la viabilidad de interponer una acción directa de inconstitucionalidad contra la Ley Estatal N.° 17.882/2012 ante la Corte de Justicia de Goiás.
Interrogatorio ante el Tribunal Supremo Federal
El fiscal Fernando Krebs también envió una carta oficial al fiscal general de la República, Rodrigo Janot, solicitando que se cuestione la constitucionalidad de la Ley Estatal N.° 17.882/2012 ante el Supremo Tribunal Federal. Haga clic aquí para leer el documento.
Recurso
También se solicitó a la Fiscalía de Apelaciones Constitucionales del Estado de Goiás que apelara la decisión del presidente del Tribunal de Justicia del Estado de Goiás, Ney Teles de Paula, quien suspendió la medida cautelar propuesta por el Estado de Goiás y mantuvo a los soldados de Simve en servicio. (Cristina Rosa / Asesoría de Comunicación Social del MP-GO)