Refis beneficia a deudores de ICMS, IPVA, ITCD y Detran.
La Asamblea Legislativa aprobó ayer (6) un mensaje del Gobernador Camilo Santana que autoriza la condonación parcial de créditos fiscales con pagos a plazos del capital y la exención de multas para deudores, ya sean personas físicas o jurídicas, mediante el Programa de Recuperación de Impuestos (Refi). Las personas físicas o jurídicas con créditos derivados de hechos imponibles ocurridos hasta el 31 de diciembre de 2016 pueden acceder al beneficio. La refinanciación está destinada a deudas pendientes relacionadas con el ICMS, el IPVA, el ITCD y créditos no tributarios del Detran, estén o no registrados en la Deuda Activa del Estado.
Ceará 247 - La Asamblea Legislativa aprobó, este martes (6), un mensaje del gobernador Camilo Santana autorizando la condonación parcial de créditos fiscales con pago en cuotas del capital y exención de multas para deudores de naturaleza física o jurídica a través de Refis (Programa de Recuperación Fiscal).
La refinanciación se destina a deudas pendientes relacionadas con el Impuesto sobre las Operaciones Relacionadas con la Circulación de Mercancías y sobre la Prestación de Servicios de Transporte y Comunicación Interestatal e Intermunicipal (ICMS), el Impuesto sobre la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ITCD) y créditos no tributarios del Departamento Estatal de Tránsito del Estado de Ceará (Detran), estén o no registrados como Deuda Estatal.
La iniciativa del Gobierno de Ceará pretende dinamizar la economía del estado, permitiendo que las empresas obtengan un certificado de liberación fiscal para operar libremente, participar en licitaciones estatales o municipales y contribuir al desarrollo del estado.
La propuesta fue aprobada con 16 enmiendas de los diputados. Entre los cambios introducidos mediante enmiendas, una extiende el plazo para el Refis (programa de amnistía fiscal) del 31 de mayo al 30 de junio. Otra enmienda, compuesta por tres puntos, aumenta los porcentajes de reducción de las multas. Una de ellas prevé el pago de la deuda sin recargos si la obligación tributaria principal se abona en su totalidad antes del 30 de junio de 2017; otra aumenta el porcentaje de reducción de las multas punitivas del 90 % al 95 % si la obligación tributaria se abona en su totalidad antes del 31 de julio de 2017; y la tercera aumenta la reducción de las multas punitivas, los intereses de demora y los intereses del 85 % al 90 % si la primera cuota de la obligación tributaria se abona antes del 31 de julio de 2017.
Las personas físicas o jurídicas con créditos provenientes de hechos generadores ocurridos hasta el 31 de diciembre de 2016, podrán obtener el beneficio, siempre que la obligación tributaria principal y los recargos que correspondan se paguen en efectivo antes del 30 de junio, de acuerdo con los criterios que señale la ley.
El secretario de Hacienda, Mauro Filho, enfatiza que este programa de amnistía fiscal (Refis) no tiene como objetivo recaudar ingresos. La nueva ley busca abrir nuevas oportunidades para la economía estatal. "Lo que los contribuyentes desean es la oportunidad de regularizar su situación fiscal, garantizando la recuperación de sus negocios e impulsando la actividad económica mediante la generación de empleo e ingresos". El titular del Departamento de Hacienda también estima que el segundo semestre de 2017 debería presentar mejores indicadores económicos. "Esperamos un crecimiento económico a partir de agosto, para que podamos cerrar el año con mayor tranquilidad", afirma.
Las empresas que reciben beneficios del Fondo de Desarrollo Industrial (FDI), del Programa de Incentivo al Desarrollo Industrial (Provin) y del Programa de Incentivo a las Actividades Portuarias e Industriales (Proapi) tendrán la oportunidad de liquidar sus deudas en su totalidad hasta el 30 de junio de 2017, observando las particularidades de la nueva legislación.
En caso de incumplimiento superior a 90 días en el pago de los créditos fiscales a plazos, el deudor perderá los beneficios en relación al saldo restante.
También fue aprobado, este martes (6), el Mensaje que modifica las sanciones en el Impuesto sobre las Operaciones Relativas a la Circulación de Mercancías y sobre la Prestación de Servicios de Transporte y Comunicación Interestatal e Intermunicipal (ICMS).
El cambio se debe a que el sistema de recaudación actual no está actualizado con los avances de los últimos años en favor de los contribuyentes del ICMS. Esto incluye recursos como la factura electrónica (NF-e), el documento electrónico de transporte (CT-e), el módulo fiscal electrónico (MF-e), entre otros, como el Sistema Público de Contabilidad Digital (SPED).
Con la creación de estos documentos digitales, han surgido diversos tipos de infracciones para las que no existe una sanción específica. Además, ciertas sanciones han perdido relevancia, ya que las infracciones para las que fueron creadas ya no son probables debido a los controles electrónicos que han surgido.
Por otro lado, se han revisado las multas, buscando una mayor racionalidad en la sanción de los contribuyentes. El impacto será favorable para la recaudación tributaria, ya que las nuevas infracciones podrán ser investigadas por las autoridades fiscales, quienes estarán legalmente facultadas para sancionar a los contribuyentes morosos.
Este cambio también se deriva de la eliminación de la Unidad de Contencioso Administrativo Tributario (CONAT), cuyas competencias para decidir administrativamente sobre asuntos tributarios se han transferido a la Secretaría de Hacienda del Estado (Sefaz). Este cambio se traduce en una reducción de gastos, en consonancia con la política fiscal vigente del Gobierno de Ceará.