Rovai recuerda cuatro meses del soborno de Aécio... y no pasa nada.
"Este domingo se cumplen cuatro meses de la filtración del audio de Aécio pidiendo sobornos. Como todos los miembros del PSDB acusados de corrupción, está libre", publicó el periodista Renato Rovai, editor de la revista Fórum, en su Twitter.
Minas 247 – "Este domingo se cumplen cuatro meses de la filtración del audio de Aécio pidiendo sobornos. Como todos los miembros del PSDB acusados de corrupción, está libre", publicó el periodista Renato Rovai, editor de la revista Fórum, en su Twitter.
A continuación se muestra un informe de Reuters, publicado el 30 de junio, sobre el regreso del senador al cargo:
BRASILIA (Reuters) - El ministro de la Corte Suprema de Justicia, Marco Aurélio Mello, rechazó la solicitud de orden de prisión presentada por la Procuraduría General de la República contra el senador Aécio Neves (PSDB-MG) y ordenó el retorno del senador a sus funciones oficiales.
Aécio había sido removido del Senado por orden del juez de la Corte Suprema Edson Fachin el 18 de mayo, luego de revelaciones hechas por denunciantes de JBS.
En su decisión, Marco Aurélio, quien se convirtió en el nuevo relator del caso, recordó que el político estaba fuera de su mandato durante un mes y 12 días y que, debido a la víspera del receso del Poder Judicial en julio, fue imposible que la Primera Sala del Supremo Tribunal Federal considerara a tiempo el recurso presentado por la defensa.
Según Marco Aurélio, los autos de la acción cautelar están en poder de la Procuraduría General de la República desde el 20 de junio, sin haber sido devueltos al órgano colegiado.
Así, el Supremo Tribunal Federal actuó de forma preventiva, decidiendo solo y acogiendo el recurso de los abogados de Aécio para revocar las medidas restrictivas que lo suspendían de sus funciones parlamentarias, le impedían contactar a otras personas investigadas y le prohibían salir del país.
“Considero inadmisible el recurso interpuesto por el Procurador General de la República, solicitando la ejecución de la prisión preventiva del recurrente”, sentenció Marco Aurélio, destacando que ese era el contenido del voto que había preparado para ser juzgado por la Primera Sala del Supremo Tribunal Federal, pero que nunca se hizo público.
Marco Aurélio justificó su decisión argumentando que la inmunidad parlamentaria no impide la persecución penal ni impide la detención, sino que "establece límites estrictos que deben observarse para garantizar la plena actividad parlamentaria".
“Limita la posibilidad de suprimir el ejercicio del derecho de ir y venir, haciéndolo viable sólo cuando se verifique un delito flagrante que no esté sujeto a fianza”, destacó.