La Corte Suprema de Brasil suspende el procesamiento de casos de "revisión vitalicia" tras una solicitud del INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social).
Según el Tribunal Supremo, los jubilados pueden solicitar un recálculo de sus prestaciones con base en todas las aportaciones realizadas a lo largo de su vida laboral. Antes de la decisión, esta revisión no se reconocía.
Por Sabrina Craide - Reportera de Agência Brasil - Brasilia
El juez del Tribunal Supremo de Brasil, Alexandre de Moraes, ordenó la suspensión de todos los procedimientos relacionados con la llamada "revisión vitalicia", en respuesta a una solicitud del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS). El objetivo de esta decisión es garantizar la uniformidad y la seguridad jurídica de los beneficiarios.
En la sentencia de fondo del recurso, el pasado mes de diciembre, el Supremo Tribunal Federal (STF) consideró posible aplicar una norma más ventajosa a la revisión de las prestaciones de jubilación de los asegurados afiliados al Sistema General de Seguridad Social (RGPS) antes de la Ley 9.876/1999, que creó el factor de seguridad social y modificó el método de cálculo de los salarios cotizantes para el cálculo de las prestaciones. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) interpuso un recurso de apelación contra la decisión, cuyo fallo está previsto para la sesión plenaria virtual del STF del 11 al 21 de agosto.
El INSS sostiene que sólo después de la sentencia de las solicitudes de aclaración será posible definir el número de beneficios a analizar, estimar el impacto financiero y medir las condiciones estructurales necesarias para cumplir con la decisión, así como presentar un cronograma de implementación viable.
Al acceder a la solicitud, el ministro Alexandre de Moraes declaró que es prudente suspender los procedimientos en los tribunales inferiores hasta que el Supremo Tribunal Federal (STF) resuelva definitivamente la apelación. Destacó que ya existen decisiones de tribunales federales regionales que permitirían la ejecución provisional de sentencias, y que algunos tribunales han ordenado la implementación inmediata de la revisión sin esperar a que el precedente del STF sea definitivo. «El significativo impacto social exige que la tesis de la repercusión general se aplique en condiciones claras y definidas», argumentó Moraes.
Recálculo
La decisión del Tribunal Supremo de diciembre pasado permite a los jubilados que presentaron demandas solicitar un nuevo cálculo de sus prestaciones con base en todas las contribuciones realizadas a lo largo de su vida laboral. Antes de la decisión, esta revisión no se reconocía.
El caso juzgado por el STF se refiere a un recurso del INSS contra una decisión del Tribunal Superior de Justicia (STJ) que concedió a un beneficiario del Régimen General de la Seguridad Social (RGPS) la posibilidad de revisar su beneficio con base en las cotizaciones realizadas antes de 1994.