TJ-RS mantiene la posición de la esposa de Fortunati.
La destitución de la secretaria de los Derechos de los Animales de Porto Alegre, Regina Maria Becker, esposa del alcalde de Porto Alegre, José Fortunati (PDT), fue solicitada porque violó la Sentencia Vinculante 13 del Supremo Tribunal Federal, que prohíbe el nepotismo en la función pública.
Abogado La Secretaria de Derechos de los Animales de Porto Alegre, Regina Maria Becker, no necesita dejar su cargo, según lo determinó el Tercer Tribunal de Hacienda Pública del Foro Central de la Capital la semana pasada. En una decisión emitida este jueves (7 de noviembre), el juez Alexandre Mussoi Moreira, de la Cuarta Sala Civil del Tribunal de Justicia de Rio Grande do Sul, concedió la suspensión de la ejecución de la medida cautelar obtenida por el Ministerio Público.
La destitución de la secretaria, esposa del alcalde José Fortunati (PDT), fue solicitada porque violó el Precedente Vinculante 13 del Supremo Tribunal Federal, que prohíbe el nepotismo en la función pública.
Moreira afirmó, sin embargo, que el precedente es inaplicable cuando el presunto nepotismo involucra una posición política, "excluyendo así la aplicabilidad de dichos principios, y por tanto, conceder una medida cautelar para la destitución inmediata de Regina del cargo de secretaria municipal es totalmente injustificado".
Según el juez, la cuestión en debate no está resuelta en el Supremo Tribunal Federal. Citó la sentencia que desestimó la aplicación del Precedente Vinculante 13 en relación con un Secretario de Estado, hermano del Gobernador de Paraná, Roberto Requião (Demanda 6.650 MC-AgR/PR).
El ponente también indicó que el propio juez Martin Schulze, al analizar la solicitud del Ministerio Público contra el Ayuntamiento, declaró en la sentencia: «(...) El alcance de la aplicabilidad de este Resumen ha sido objeto de interpretaciones divergentes en los Tribunales, ya que la expresión 'en administración directa e indirecta' ha permitido excluir las llamadas posiciones políticas». El fondo del recurso interlocutorio aún deberá ser juzgado por los jueces de la 4.ª Sala Civil. Con información de la Oficina de Prensa del TJ-RS (Tribunal de Justicia de Rio Grande do Sul).