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TRF4 mantiene la congelación de activos de Mendes Júnior, UTC y ex directores.

El TRF4 (Tribunal Federal Regional de la 7ª Región) negó el recurso presentado por Mendes Júnior Trading Engenharia y confirmó el congelamiento de activos pertenecientes a tres empresas y cuatro imputados en la Operación Lava Jato; la incautación fue ordenada por el 13º Juzgado Federal de Curitiba el 30 de julio de 2015, por el valor de R$ 393,3 millones.

TRF4 mantiene la congelación de activos de Mendes Júnior, UTC y ex directores.

De TRF4 La semana pasada, el Tribunal Regional Federal de la 4.ª Región (TRF4) desestimó el recurso de apelación de Mendes Júnior Trading Engenharia y confirmó la congelación de activos pertenecientes a tres empresas y cuatro acusados ​​en la Operación Lava Jato. El embargo fue ordenado por el 13.º Juzgado Federal de Curitiba el 30 de julio de 2015 por un monto de R$ 393.392.500,14 (trescientos noventa y tres millones trescientos noventa y dos mil quinientos reales con catorce centavos).

La defensa argumentó que la incautación causaría un perjuicio mucho mayor a la empresa que los beneficios para la eficacia del proceso, que la constructora se encuentra en proceso de reorganización judicial y que sus activos y fondos no podían ser embargados. Los abogados sostienen, además, que el bloqueo de los activos y fondos y la consiguiente imposibilidad de recuperarlos impedirían inevitablemente incluso cualquier reclamación de indemnización por parte del demandado en la acción.

Según la relatora, jueza federal Vânia Hack de Almeida, existen fuertes indicios de fraude al Tesoro Público y, aunque probablemente sea imposible recuperar el daño causado al tesoro público, el congelamiento de activos decretado debe mantenerse.

Para alcanzar el monto del aumento de patrimonio obtenido por los demandados, sin contar la posibilidad de una multa máxima, que puede alcanzar hasta tres veces ese valor, se congelaron los bienes de Mendes Júnior Participações, Mendes Júnior Trading e Engenharia, UTC Engenharia, Sérgio Cunha Mendes, Rogério Cunha de Oliveira, Ângelo Alves Mendes y Alberto Vilaça Gomes.

En los casos de falta administrativa, la responsabilidad es solidaria hasta la fase final del proceso, momento en el que se determina la cuota de responsabilidad de cada agente a efectos de la sentencia. Dada la imposibilidad actual de determinar el grado de participación de los acusados ​​en la presunta falta, deben quedar indisponibles todos los bienes suficientes para cubrir la ejecución de la sentencia en caso de prosperar la acción judicial, declaró el juez.