La tasa cero de fertilizantes tiene un impacto positivo en la industria, afirma asesor de Carf
Para Laércio Uliana, asesor del Consejo Administrativo de Recursos Tributarios (Carf), las empresas del sector pasarán insumos a menor precio
Martina Colafemina, conjur - El aprovechamiento de las tasas cero del PIS y la COFINS para la producción de fertilizantes debería tener un impacto positivo en el mercado. Laércio Uliana, miembro del Consejo Administrativo de Apelaciones Tributarias (CARF), quien informó sobre la sentencia que estableció esta posibilidad, cree que las empresas del sector comenzarán a repercutir los insumos a un precio más bajo.
El mayor impacto recaerá sobre los importadores y productores nacionales que venden a la industria de fertilizantes. Anteriormente, estas empresas no podían revertir sus derechos de crédito por las ventas a la industria. Por lo tanto, trasladaron el precio de sus productos a un precio más alto, ante la incertidumbre de recuperar sus créditos, explicó Uliana.
El año pasado, la Sala 1ª de la Sala 4ª de la Sección 3ª del Carf reconoció la reducción de la alícuota en un caso relacionado con la venta de nutrientes que son materias primas para la producción de insumos, como el boro, el zinc, el cobre y el molibdeno.
En su razonamiento, el relator consideró un entendimiento de 2004 para decidir que las personas jurídicas que importaran o vendieran fertilizantes en el mercado interno, clasificados en el capítulo 31 de la Tabla de Incidencia del Impuesto sobre Productos Industrializados (Tipi) o sus materias primas, no están sujetas al pago de PIS/Cofins en tales transacciones.
Según Carlos Daniel Neto, especialista en derecho tributario y socio de Daniel & Diniz Tax Law, la controversia surgió en torno al alcance de la prueba requerida. "Si bien la Receita Federal (Receita Federal) abogó por que el vendedor presentara pruebas inequívocas de que los insumos se utilizarían efectivamente en la fabricación de fertilizantes, la Receita Federal (Carf) dictaminó que este requisito era excesivo y carecía de fundamento legal".
Para el abogado, la decisión refuerza la importancia de las cuestiones probatorias en el ámbito del CARF. «Este enfoque equilibra la buena fe del contribuyente y la viabilidad práctica de los requisitos probatorios, garantizando la aplicación del tipo impositivo cero sin imponer una carga excesiva a las empresas vendedoras, como acertadamente señaló el asesor informante».