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CADE recomienda rechazar proyecto de ley sobre remuneración de contenidos periodísticos por plataformas digitales

Según CADE, el modelo de regulación de la remuneración de contenidos adoptado por el PL es inadecuado

CADE recomienda rechazar proyecto de ley sobre remuneración de contenidos periodísticos por plataformas digitales (Foto: Reproducción)

247 - La Presidencia del CADE emitió una Nota Técnica recomendando el rechazo del Proyecto de Ley N.º 1.354/2021, que busca regular la remuneración del contenido periodístico distribuido a través de plataformas digitales. La nota es similar al dictamen del Departamento de Estudios Económicos emitido a principios de abril. Los comentarios respondieron a una solicitud de aportaciones de la Oficina de Asesoría Especial para Asuntos Federales y Parlamentarios del Ministerio de Justicia.

Según consta en la Nota Técnica del CADE, el Proyecto de Ley 1.354/2021 busca modificar el Marco de Derechos Civiles de Brasil para Internet con el fin de "incentivar la pluralidad y diversidad de noticias, garantizar medidas para proteger el periodismo nacional y combatir las noticias falsas, y adoptar una política de trato no discriminatorio para los medios de comunicación legalmente establecidos, como periódicos, revistas, radio y televisión". El proyecto de ley lograría este objetivo imponiendo ciertas obligaciones a las plataformas digitales, incluyendo la obligación de difundir un porcentaje mínimo de contenido de "fuentes distintas a los medios legalmente establecidos", la obligación de compensar a los medios de comunicación con un porcentaje mínimo de los ingresos por la distribución de contenido periodístico y la prohibición ex ante de la "discriminación por origen o cambios que aumenten o disminuyan la relevancia del contenido disponible".

Según la Nota Técnica del CADE, el modelo de regulación de la remuneración de contenidos adoptado por el proyecto de ley es inadecuado. Esto se debe, en resumen, a que «las relaciones entre las empresas de plataformas digitales y las empresas de noticias son esencialmente relaciones de mercado, por lo que la definición de cantidad y precio debería lograrse preferentemente mediante negociaciones directas entre las partes interesadas». En concreto, el modelo adoptado por el proyecto de ley tendría los siguientes efectos negativos:

Al establecer un nivel mínimo de remuneración, el proyecto de ley podría terminar "estableciendo un punto focal hacia el cual convergerán los valores de remuneración, dado que no habrá incentivos para que las partes negocien. Así, independientemente de la relevancia y calidad del contenido y de la reputación de la empresa de noticias, que pueda atraer a más usuarios a las plataformas, estas tenderán a ofrecer el valor mínimo establecido por la ley. Por otro lado, podría haber una limitación en la oferta de más servicios o innovaciones por parte de las plataformas a las empresas de noticias, dado que esto no impactará en la remuneración por la distribución de contenido".

• Al crear la obligación de difundir un porcentaje mínimo de contenidos procedentes de “fuentes distintas a los medios legalmente establecidos”, la PL “puede limitar la estrategia de las empresas en un entorno competitivo caracterizado por el dinamismo y la innovación”.

La prohibición ex ante de la discriminación por parte de las plataformas digitales contra las empresas de noticias y/o contenido periodístico, a su vez, es inadecuada porque «las conductas discriminatorias, como la discriminación de precios, pueden ser estrategias legítimas adoptadas por las empresas», dado que pueden generar eficiencias. Por lo tanto, el análisis de las prácticas discriminatorias debe realizarse caso por caso.

Por ello, la Nota Técnica del CADE recomienda no aprobar el Proyecto de Ley en los términos propuestos, destacando que sus disposiciones “imponen rigidez a un mercado caracterizado por el dinamismo y la innovación que puede resultar en distorsiones como alineamiento de precios y reducción de la innovación”.

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