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Organizaciones apelan ante la OEA contra decisión de la Corte Suprema de sancionar a la prensa por declaraciones de entrevistados.

Una de las denuncias que ABI pretende destacar es contra la "injerencia del Supremo Tribunal Federal en los límites de la libertad de prensa en el país".

Fachada del Supremo Tribunal Federal y logotipos de ABI y Fenaj (Foto: Valter Campanato/Agência Brasil | Divulgación)

247 - Medios de comunicación preparan un informe que será presentado ante la OEA (Organización de los Estados Americanos) denunciando la reciente decisión del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil. lo que abre la posibilidad de responsabilizar legalmente a las empresas de medios de comunicación por las declaraciones realizadas por los entrevistados.

De acuerdo El documento, en colaboración con Folha de S. Paulo, será firmado por la Asociación Brasileña de Prensa (ABI) y la Federación Nacional de Periodistas (Fenaj). Estas organizaciones entregarán el informe a Pedro José Vaca Villareal, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). >>> LEA TAMBIÉN: Barroso afirma que la decisión de castigar a la prensa por las declaraciones hechas por los entrevistados se aplica a los casos de mala fe.

Una de las quejas que ABI pretende destacar es la "injerencia del Tribunal Supremo en los límites de la libertad de prensa en el país", según el presidente de la Asociación. El informe de Folha también añade que "cualquier apelación de las entidades contra la decisión del Tribunal Supremo se evaluará tras la publicación de la decisión colegiada, la llamada sentencia, cuya fecha aún no está fijada". 

Decisión de la Corte Suprema - La responsabilidad de las empresas de noticias, que puede incluir la eliminación de contenidos, sería por "información que se demuestre que es injuriosa, difamatoria, calumniosa o falsa, y en relación con cualquier daño material y moral".

“En caso de publicación de una entrevista en la que el entrevistado acusa falsamente a un tercero de la comisión de un delito, la empresa periodística solo podrá ser considerada civilmente responsable si: (i) al momento de la publicación existían pruebas concretas de la falsedad de la acusación; y (ii) el medio de comunicación incumplió su deber de diligencia al verificar la veracidad de los hechos y al revelar la existencia de dichas pruebas”, señala la tesis establecida por la Corte.