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Según Reinaldo, el delito contra Rubens Paiva ya prescribió.

Un bloguero neoconservador argumenta que los asesinos de Rubens Paiva deberían quedar impunes. "Existe una Ley de Amnistía. ¿Qué se puede hacer?", escribe Reinaldo Azevedo. Respecto al argumento del juez federal que aceptó la acción del Ministerio Público contra los cinco militares, quien argumentó que los delitos, al estar previstos en el Código Penal, no están protegidos por la Ley de Amnistía, comenta: "Es el argumento más exótico que he leído".

Un bloguero neoconservador argumenta que los asesinos de Rubens Paiva deben quedar impunes. "Hay una Ley de Amnistía. ¿Qué se puede hacer?", escribe Reinaldo Azevedo. Respecto al argumento del juez federal que aceptó la acción del Ministerio Público contra los cinco militares, quien argumentó que los delitos, al estar previstos en el Código Penal, no están amparados por la Ley de Amnistía, comenta: "Es el argumento más exótico que he leído". (Foto: Gisele Federicce)

247 - El bloguero neoconservador Reinaldo Azevedo, de la revista Veja, afirmó que los torturadores y asesinos del exdiputado Rubens Paiva, cuyo cuerpo desapareció durante la dictadura militar en Brasil, deberían quedar impunes gracias a la Ley de Amnistía. Según él, el argumento del juez federal de que... aceptó la acción del Ministerio Público. El argumento esgrimido el lunes contra los cinco militares, de que los delitos, por estar contemplados en el Código Penal, no están protegidos por la amnistía, "es el argumento más descabellado" que ha visto jamás.

Lea:

Caso Rubens Paiva: los delitos ya prescribieron.

Es molesto escribir sobre ciertas cosas porque hay temas en los que el juicio moral intenta prevalecer sobre la ley. Cuando la causa es buena, solemos considerarla normal. Pero recordemos que la causa puede ser mala. ¿Y entonces qué sucede? La Justicia aceptó los cargos contra los militares acusados ​​de participar en el operativo que resultó en la muerte del diputado Rubens Paiva, cuyo cuerpo desapareció.

El congresista Rubens Paiva no era un terrorista. Incluso si lo fuera, tenía derecho a un juicio justo. Es importante dejar claro que, incluso en los momentos más discretos de la dictadura, nadie tenía licencia para torturar y matar. Su muerte y desaparición son pura barbarie. Es evidente que todo esto es repugnante.

Pero existe una Ley de Amnistía. ¿Qué hacer? El juez Caio Márcio Gutterres Taranto, del 4.º Juzgado Penal Federal de Río, entendió que José Antônio Nogueira Belhan, Rubens Paim Sampaio, Raymundo Ronaldo Campos, Jurandyr Ochsendorf e Souza y Jacy Ochsendorf e Souza no eran beneficiarios de ella porque, según argumentó el Ministerio Público, se trata de crímenes de lesa humanidad. Además, según él, los delitos previstos en el Código Penal no están contemplados en la ley.

Veamos. El Tribunal Supremo Federal (STF) de Brasil ya ha dejado claro que la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad se aplica desde el momento en que se incluyen en la legislación brasileña. No es posible aplicarla retroactivamente. En cuanto a que la Ley de Amnistía no cubra los delitos estipulados en el Código Penal, ¿qué se puede decir? Creo que es el argumento más descabellado que he leído. Ahora bien, las amnistías suelen aplicarse a los delitos estipulados en el Código Penal, por lo que, cuando se desea dejar claro que no son susceptibles de indulto, esto debe estar definido constitucionalmente.

Ahora veamos: el Artículo 5, Sección XLIII de la Constitución considera que los delitos de tortura y terrorismo no están sujetos a amnistía. No todos los que cometieron actos terroristas fueron procesados ​​ni condenados. ¿Y en este caso? Ya veremos. Todo indica que este asunto acabará siendo decidido por la Corte Suprema. ¡Una vez más!