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Caixa 2 de Furnas: R$ 19,2 millones a Alckmin y Serra en 2002

El expresidente de Furnas registra en la oficina notarial que Gilberto Kassab transfirió millones de reales a las campañas del PSDB (Partido de la Social Democracia Brasileña) para presidente y gobernador; supuestamente se quedó con 100 reales para sí mismo.

Marco Damiani_247 - Según revelaciones del expresidente de la empresa estatal Furnas, Dimas Fabiano Toledo, las campañas presidenciales de José Serra y las de Geraldo Alckmin para la gobernación de São Paulo en 2002 se habrían beneficiado del esquema de sobornos de la compañía. Así consta en la Declaración Jurada que firmó y registró el 6 de noviembre de 2008 en la Notaría N° 23 de Río de Janeiro.

En el mismo párrafo donde afirma que el alcalde de São Paulo, Gilberto Kassab, supuestamente recibió R$ 27.843.000 “de fondos no registrados procedentes de la empresa Furnas Centrais Elétricas S/A”, Toledo continúa:

“En las campañas de los candidatos a gobernador del estado de São Paulo, Geraldo Alckmin, y a la Presidencia de la República, José Serra, se dispuso de R$ 19.275.000,00 (diecinueve millones doscientos setenta y cinco mil reales). El exdiputado federal Gilberto Kassab destinó R$ 100.000,00 (cien mil reales) a su campaña, según consta en la Lista Furnas y en el informe que elaboró ​​y firmó posteriormente”, afirma Toledo.

El expresidente de Furnas, en el mismo documento firmado y registrado ante notario, explica cómo se formó el fondo discrecional de Furnas, que financió varias campañas electorales en 2002:

“Los esquemas para recaudar fondos ilícitos, llevados a cabo mediante procesos de licitación fraudulentos y la sobrevaloración de diversos proyectos de obras públicas, tenían como objetivo crear un fondo discrecional para comprar el apoyo de los parlamentarios y así crear una sólida base aliada, garantizando los más variados intereses de los políticos a cambio de los pagos mensuales recibidos”, señala Toledo, concluyendo:

"Esta declaración será aceptada y válida a efectos probatorios judiciales o extrajudiciales, asumiendo el declarante Dimas Fabiano Toledo la responsabilidad por la información aquí proporcionada, consciente de las penas aplicables según lo estipulado en el Artículo 299 del Código Penal brasileño."