El equipo de defensa de Lula pide la devolución de su pasaporte.
La defensa del expresidente Lula acaba de presentar un pedido ante el TRF-1 (Tribunal Federal Regional de la 1ª Región) para la devolución de su pasaporte; ayer, el juez Ricardo Leite, de Brasilia, impidió que Lula, máxima autoridad internacional en la lucha contra el hambre, viajara a Etiopía para participar en un congreso sobre seguridad alimentaria; la insana persecución de Lula por parte del Poder Judicial escandaliza al mundo civilizado e incluso llevó a que Brasil fuera clasificado como un país "repugnante" por Jean-Luc Mélenchon, principal líder de izquierda en Francia; la defensa argumenta que la Constitución garantiza el derecho a ir y venir.
247 - La defensa del expresidente Lula acaba de presentar una solicitud ante el TRF-1 (Tribunal Federal Regional de la 1.ª Región) para la devolución de su pasaporte. Ayer, el juez Ricardo Leite, de Brasilia, impidió que Lula, principal autoridad internacional en la lucha contra el hambre, viajara a Etiopía para participar en un congreso sobre seguridad alimentaria.
La desquiciada persecución de Lula por parte del Poder Judicial escandaliza al mundo civilizado e incluso ha llevado a que Brasil sea clasificado como un país "repugnante" por Jean-Luc Mélenchon, el principal líder de la izquierda francesa. La defensa argumenta que la Constitución garantiza el derecho a la libertad de circulación.
A continuación una nota del abogado Cristiano Zanin:
Hoy solicitamos al Tribunal Regional Federal de la 1ª Región (TRF1) que reconozca la ilegalidad de la decisión emitida al final de ayer por el 10º Juzgado Federal de la Sección Judicial del Distrito Federal, que prohibió al expresidente Luiz Inácio Lula da Silva salir del país y ordenó la incautación de su pasaporte.
A través del habeas corpus, demostramos que el derecho de ir y venir de Lula, garantizado por la Constitución Federal (artículo 5, inciso XV), fue restringido indebidamente por el Tribunal Federal de Brasilia, porque:
(i) La decisión se refiere a la sentencia dictada por el Tribunal Federal Regional de la IV Región (TRF4) el 24 de enero, a la cual el juez emisor no se encuentra vinculado;
(ii) No existe condena firme contra Lula ni siquiera en el ámbito del TRF4, contrariamente al argumento presentado por el Ministerio Público Federal y aceptado por el juez;
(iii) El viaje de Lula a Etiopía hoy para participar de un evento con líderes mundiales, regresando el 29/01, había sido comunicado al TRF4 antes de la sentencia del 24/01, que no presentó ninguna objeción;
(iv) Este viaje también había sido informado a la Presidencia de la República, que autorizó a funcionarios federales a acompañar a Lula, de acuerdo con la ley;
(v) No existen datos concretos que justifiquen la afirmación de que existiría la posibilidad de que Lula solicitara asilo político;
(vi) La intención de Lula de permanecer residente en el país fue reafirmada con el lanzamiento de su precandidatura a la Presidencia de la República el 25 de enero;
(vii) Lula no puede sufrir ninguna restricción a su libertad de movimiento ante críticas a la Justicia en relación a procesos que involucran su nombre.
También solicitamos al Tribunal Regional Federal de la 1ª Región que conceda una medida cautelar "para determinar la suspensión inmediata de los efectos de la decisión impugnada — restableciendo plenamente el derecho del Paciente a ir y venir, incluida la devolución de su pasaporte y la cancelación de la inclusión de su nombre en el Sistema de Personas Buscadas e Inhabilitadas — hasta que se dicte sentencia definitiva sobre el fondo de esta acción de mandamus".