Corte Suprema autoriza a Dilma a fijar valor del salario mínimo por decreto.
La Corte Suprema rechazó la solicitud de los partidos de oposición, quienes argumentaron que la prerrogativa viola la Constitución, según la cual el salario mínimo debe ser definido por ley.
Evam Sena_247, en Brasilia – El Supremo Tribunal Federal (STF) decidió hoy, por 8 votos a 2, que el salario mínimo puede ser determinado por decreto presidencial, conforme a lo estipulado en la Ley 12.382, de febrero de este año, que trata de la política de valoración del salario mínimo entre 2012 y 2015. El mecanismo fue cuestionado por los partidos PPS, PSDB y DEM.
Para los partidos de oposición, permitir que la presidenta Dilma Rousseff fije el salario mínimo por decreto quita esa prerrogativa al Congreso Nacional y viola la Constitución, según la cual esa determinación debe hacerse por ley.
El gobierno federal argumenta que el ajuste ya está determinado por ley. El criterio es la suma de la inflación del año anterior, medida por el INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor), y el crecimiento promedio del PIB (Producto Interno Bruto) de los dos años anteriores. Según la Procuraduría General de la República (AGU), el decreto solo declarará el valor determinado por ley.
"Ni siquiera el Poder Ejecutivo tiene opción ni injerencia en este proceso. El decreto busca informar a la sociedad, una vez aplicada la norma, sobre el valor del salario mínimo. El presidente no elige nada; simplemente sigue una directiva del Congreso Nacional", argumentó el Procurador General de la Unión, Luiz Inácio Adams, durante la sesión.
La relatora, la ministra Carmen Lúcia, votó en contra de los partidos de oposición, declarando constitucional el artículo que determina la fijación del salario mínimo mediante decreto presidencial. "Lo único que se incluirá en el decreto será la aplicación del índice y la publicación de la suma aritmética de los criterios establecidos en los términos de la ley aprobada por el Congreso Nacional", declaró.
El relator estuvo acompañado por los ministros Luiz Fux, Dias Toffoli, Ricardo Lewandowski, Joaquim Barbosa, Ayres Britto, Gilmar Mendes, Celso de Melo y Cezar Peluso. Los ministros Ayres Britto y Marco Aurélio entendieron que la ley es inconstitucional.
El ministro Gilmar Mendes, si bien votó a favor de la constitucionalidad de la ley, formuló una reserva sobre su alcance, que se extiende más allá del final de esta legislatura en febrero de 2015 y limita la decisión de los diputados electos a los cuatro años siguientes. «Esta transferencia no puede hacerse de forma tan amplia que ya involucre, ni siquiera parcialmente, la próxima legislatura, porque tiene graves implicaciones políticas», declaró.
