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Corte Suprema rechaza demanda de Aécio contra Jandira.

El senador brasileño Aécio Neves (PSDB-RJ) cuestionó a la diputada Jandira Feghali (PCdoB-RJ) luego de que esta publicara un texto en redes sociales en mayo involucrando a la parlamentaria en el caso del helicóptero incautado con cocaína en Minas Gerais hace aproximadamente dos años; "Aécio, Brasil necesita saber sobre un helicóptero lleno de drogas", decía uno de los tuits de Jandira; el ministro Celso de Mello dice que el interrogatorio judicial no es apropiado en este caso, ya que no es una declaración ambigua.

El senador brasileño Aécio Neves (PSDB-RJ) interrogó a la diputada Jandira Feghali (PCdoB-RJ) tras la publicación en mayo de un texto en redes sociales que la involucraba en el caso del helicóptero incautado con cocaína en Minas Gerais hace aproximadamente dos años. "Aécio, Brasil necesita saber sobre un helicóptero lleno de drogas", tuiteó Jandira. El ministro Celso de Mello afirma que el interrogatorio judicial no es apropiado en este caso, ya que no se trata de una declaración ambigua (Foto: Gisele Federicce).

STF El juez del Supremo Tribunal Federal, Celso de Mello, declaró inadmisible una interpelación judicial mediante la cual el senador Aécio Neves (PSDB-MG) solicitó explicaciones a la diputada federal Jandira Feghali (PCdoB-RJ) sobre una publicación que realizó en Twitter en mayo de este año. Al denegar la continuación de la Acción Cautelar (AC) 3883, el magistrado del Supremo Tribunal Federal explicó que la interpelación judicial tiene carácter instrumental, destinada a aclarar situaciones dudosas, equívocas o ambiguas, según lo dispuesto en el artículo 144 del Código Penal, "para posibilitar, una vez proporcionadas dichas aclaraciones, el inicio de un proceso penal con miras a obtener una condena".

En el caso bajo análisis, el relator consideró que la solicitud de explicaciones de Aécio Neves no es admisible por ausencia de sus requisitos, ya que "la lectura de las declaraciones atribuidas a la imputada [diputada] no deja dudas sobre el verdadero destinatario de la declaración supuestamente ofensiva", lo que impide la posibilidad de interpelación judicial según numerosos precedentes del Supremo Tribunal Federal.

El ministro también destacó la inadmisibilidad de la solicitud debido a la inmunidad parlamentaria, ya que se refiere a una declaración realizada por un miembro del Congreso Nacional en redes sociales (Twitter). Según él, la garantía prevista en el artículo 53, caput, de la Constitución Federal no se ve limitada por el espacio en el que se realizó el comentario. "Por lo tanto, es irrelevante, a efectos de invocar legítimamente la inmunidad parlamentaria, si el acto amparado por ella ocurrió o no en la sede, en las instalaciones o ante los órganos del Congreso Nacional", declaró.

Según el Ministro, la cláusula constitucional revela la preocupación de la Asamblea Constituyente por garantizar la protección efectiva de los parlamentarios, permitiéndoles, en el ejercicio de sus funciones, "el amplio ejercicio de la libertad de expresión, cualquiera que sea el ámbito espacial en que esta se manifieste concretamente, incluso fuera del recinto de la propia Casa Legislativa, siempre que las manifestaciones que emanen del miembro del Poder Legislativo -cuando se realicen fuera del Parlamento- estén vinculadas al ejercicio de su mandato".

El ministro Celso de Mello enfatizó además que la garantía constitucional de la inmunidad parlamentaria protege las entrevistas periodísticas; la transmisión a la prensa del contenido de pronunciamientos o informes producidos en las Cámaras Legislativas; así como las declaraciones difundidas a través de los medios de comunicación o redes sociales. Esto se debe a que el Tribunal Supremo ha reafirmado la importancia del debate mediático sobre asuntos políticos que involucran a funcionarios electos. "Por lo tanto, es evidente que, en este caso, la interpelación judicial contra la demandada [Jandira Feghali] también es inadmisible por esta otra causal, ya que la declaración que realizó en la red social en cuestión (Twitter) está protegida por la cláusula constitucional de inmunidad parlamentaria en su sentido material", concluyó el relator.

En esa decisión, el ministro Celso de Mello enfatizó que no se admitirá el cuestionamiento judicial con fundamento en el artículo 144 del Código Penal en los casos en que se aplique la cláusula constitucional de inmunidad parlamentaria a favor de algún miembro del Congreso.

Caso
El senador Aécio Neves solicitó explicaciones a la diputada federal Jandira Feghali sobre un comentario que publicó en su cuenta de Twitter. El comunicado, fechado el 19 de mayo de este año, decía: "Aécio, Brasil necesita saber sobre un helicóptero lleno de drogas", en referencia a un helicóptero cargado de drogas incautado en Minas Gerais hace unos dos años. Según la solicitud, la frase admite diversas interpretaciones y, dependiendo de la convicción de cada persona, especialmente de la propia congresista, podría significar la comisión de delitos contra el honor del senador.