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Barroso se niega a aprobar el plan del Gobierno para combatir el Covid entre los indígenas.

“Llama la atención que, después de casi 10 meses de pandemia, la Unión no haya logrado lo mínimo indispensable: ofrecer un plan con sus elementos esenciales”, afirmó el ministro.

Luís Roberto Barroso (Foto: Roberto Jayme/ASCOM/TSE)

De Conjur – Debido a que aún detecta graves deficiencias, el ministro Luís Roberto Barroso, del Supremo Tribunal Federal, denegó por tercera vez la aprobación del plan presentado por el gobierno de Jair Bolsonaro para contener la propagación de la COVID-19 entre los pueblos indígenas. La decisión entró en vigor este viernes (18/12).

“Llama la atención que, tras casi 10 meses de pandemia, la Unión no haya logrado lo mínimo: ofrecer un plan con sus elementos esenciales, situación que sigue poniendo en riesgo la vida y la salud de los pueblos indígenas y que deja abierto el cumplimiento de la medida cautelar otorgada por este Tribunal”, afirmó el ministro en la decisión.

El ministro tuvo en cuenta el diagnóstico realizado por varias entidades de salud pública y representantes de intereses indígenas: la Asociación Brasileña de Salud Colectiva (Abrasco), la Fundación Oswaldo Cruz (Fiocruz), la Articulación de los Pueblos Indígenas de Brasil (Apib), la Procuraduría General de la República (PGR), la Defensoría Pública de la Unión (DPU), el Consejo Nacional de Justicia (CNJ) y el Consejo Nacional de Derechos Humanos.

Las organizaciones señalaron fallas en el plan presentado, de las cuales Barroso destacó ocho:

(i) no detalla con precisión las canastas alimentarias entregadas a las respectivas poblaciones, cantidades, frecuencia de entrega, por territorio indígena y/o por familia, ni indica criterios de selección de los beneficiarios;

(ii) limita irrazonablemente la infraestructura de aislamiento y distanciamiento social de las personas infectadas en los Estados de Mato Grosso, Rondônia, Santa Catarina y Paraná, no previendo una estructura similar en otras localidades;

(iii) no garantiza adecuadamente el acceso al agua potable y a las medidas de saneamiento;

(iv) no establece medidas detalladas para garantizar el flujo de EPP, materiales de prueba, equipos y otros recursos a las distintas tierras indígenas, a fin de hacer efectiva la atención y los protocolos contemplados por el propio plan, poniendo en duda su viabilidad;

(v) no especifica población y ubicación de las tierras indígenas no homologadas, situación epidemiológica, cantidades, necesidades alimentarias o de salud, por lo que no es posible hacer seguimiento a su atención;

(vi) elimina todas las barreras para aislar a los invasores previstas en versiones anteriores del plan, revirtiendo el borrador anterior;

(vii) no contempla el suministro de materiales, insumos y equipos de protección personal (EPP) a las barreras de contención organizadas por los propios pueblos indígenas, retrocediendo también respecto del proyecto anterior;

(viii) no detalla el plan de monitoreo satelital de dichos invasores ni justifica su necesidad, dado que los invasores ya estarían mapeados, y establece un plan de barreras virtuales que sería insuficiente para dicha contención.

Ante esto, el Ministro ordenó ajustes al plan, la presentación de una nueva versión y la entrega por parte del Sindicato de todos los datos del Sistema de Información de Atención en Salud Indígena (Siasi).

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ADPF 709