247 con la Agencia del Senado - En medio de una profunda crisis política que paraliza al gobierno de Temer, la Comisión de Constitución, Justicia y Ciudadanía (CCJ) del Senado aprobó ayer (23) la regulación de las elecciones indirectas para presidente y vicepresidente de la República en caso de vacancia de ambos cargos en los dos últimos años del mandato presidencial. El autor del proyecto es el senador Ronaldo Caiado (DEM), quien lo presentó en medio de la crisis política tras el golpe de Estado contra Dilma. Ahora aprobado, encaja a la perfección con la ambición del DEM y de sectores de la derecha parlamentaria y empresarial de elevar al presidente de la Cámara, Rodrigo Maia, también del DEM, a la Presidencia de la República. Si no se apela al Pleno para su análisis, el proyecto pasa a la Cámara de Diputados.
El proyecto de ley (PLS 725/2015), del senador Ronaldo Caiado (DEM-GO), regula el párrafo 1 del artículo 81 de la Constitución, que ya estipula que esta elección será indirecta, es decir, será de responsabilidad del Congreso Nacional, y se realizará 30 días después de la vacante de los cargos.
El proyecto busca uniformizar la situación; los partidos podrán presentar candidatos, ya sea a diputados, senadores o cualquier otra persona, siempre que se acuerde que se presenten como precandidatos y sean elegidos mediante votación para diputados y senadores, explicó Caiado.
Reglas
Los sucesores elegidos en este proceso ejercerán el cargo por el resto del mandato presidencial. Dentro de los 15 días siguientes a la vacante, los partidos o coaliciones podrán inscribir a sus candidatos ante el Tribunal Superior Electoral (TSE). Los candidatos a presidente y vicepresidente de la República se inscribirán en una sola fórmula.
De acuerdo con el PLS 725/2015, podrán votar en esta elección indirecta los diputados y senadores federales que se encuentren en ejercicio de su mandato, reunidos en sesión unicameral convocada exclusivamente para tal efecto.
La votación será secreta y se registrará en papeletas. Una vez concluida la votación, la Junta Directiva del Congreso Nacional realizará el recuento de los votos y, si ninguna lista alcanza la mayoría absoluta, se realizará una segunda vuelta con las dos listas más votadas. Tras la proclamación del resultado, el presidente y el vicepresidente electos de la República asumirán sus cargos y prestarán juramento en la misma sesión en que se celebre la elección.
Impeachment y laguna constitucional
Caiado presentó el PLS 725/2015 en medio de la crisis que azotaba al gobierno de la expresidenta Dilma Rousseff (PT), cuando se estaba considerando un proceso de destitución para destituirla de la Presidencia de la República. El parlamentario aprovechó el clima político del país, en el que se cuestionaba el mandato de Dilma, para iniciar la reglamentación de las disposiciones de la Constitución Federal que regulan la vacancia de los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República.
"Es imperativo llenar este vacío en el ordenamiento jurídico mediante la promulgación de una ley que regule el proceso de elección del Presidente de la República por el Congreso Nacional", argumentó Caiado en la justificación del proyecto de ley.
Una línea de razonamiento similar fue adoptada por el ponente, el senador Antonio Anastasia (PSDB-MG), al recomendar la aprobación de la PLS 725/2015.
"En cuanto al fondo, el proyecto de ley es absolutamente loable, no solo por intentar llenar un vacío regulatorio inolvidable, sino también por hacerlo de manera técnica y constitucionalmente impecable, incluyendo el necesario apego a las reglas de elección por mayoría absoluta; la posibilidad de una segunda vuelta; y la celebración de una sesión unicameral", destacó Anastasia en el dictamen.
Votación secreta y enmiendas
Al analizar la propuesta de elección indirecta, Anastasia admitió la posibilidad de cuestionar la constitucionalidad de adoptar el voto secreto. Sin embargo, para disipar este riesgo, el relator invocó una decisión del Tribunal Supremo Federal (STF) —relativa a las constituciones estatales— que establece que definir la cuestión queda a la discreción del legislador. Reforzó este argumento al considerar que «la opción del voto secreto es bastante plausible, ya que los parlamentarios, en este caso, actúan como votantes, a quienes se les garantiza el secreto del voto».
Anastasia corrigió lo que consideró dos omisiones en el texto. Estableció que, en estas elecciones presidenciales complementarias, las candidaturas deben cumplir con todas las condiciones de elegibilidad y causales de inelegibilidad estipuladas en la Constitución y la legislación electoral.
También aclaró que, mientras los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República estén vacantes y los funcionarios electos aún no hayan asumido sus cargos, el Presidente de la Cámara de Diputados, el Presidente del Senado Federal y el Presidente del Supremo Tribunal Federal estarán llamados a ejercer la Presidencia de la República, sucesivamente. Asimismo, determinó que las elecciones indirectas se anularán si la última vacante se produce menos de 30 días antes del final del mandato presidencial.