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El Senado apelará la decisión de la Corte Suprema que limitó el salario mínimo para las enfermeras.

Los sindicatos que representan a los trabajadores se quejan de que la decisión corre el riesgo de aumentar las horas de trabajo al permitir que se definan mediante convenios colectivos entre empleadores y empleados.

Rodrigo Pacheco (Foto: Roque de Sá/Agencia del Senado)

Agencia Brasil - El presidente del Senado, Rodrigo Pacheco (PSD-MG), anunció que el Consejero General del Senado apelará la decisión del Supremo Tribunal Federal (STF) que limita el pago del salario mínimo nacional para las enfermeras. El STF condicionó el pago del salario mínimo, en el caso de las enfermeras que trabajan en hospitales privados bajo la Ley del Trabajo (CLT), a la existencia de un convenio colectivo firmado entre empleadores y trabajadoras. Pacheco argumentó que es «irrazonable» que el Poder Judicial revise una ley aprobada por unanimidad por el Parlamento.

“Fue una decisión de elevar esta categoría, desde un punto de vista social y profesional, a la luz de todo lo que hemos vivido recientemente en Brasil con la pandemia: acertada o no, fue una decisión política soberana de esta Cámara. Es esencial que se respete esta decisión”, declaró Pacheco.  

Al finalizar el primer semestre del Poder Judicial, la Corte Suprema votó a favor de la constitucionalidad del salario mínimo nacional para enfermería, que había sido suspendido por el magistrado Luís Roberto Barroso a petición de las asociaciones patronales. En la sesión plenaria, prevaleció el argumento de Barroso, quien sostuvo que los trabajadores del sector privado deben negociar con sus empleadores para percibir el salario mínimo.  

Los sindicatos que representan al sector se quejaron de que la decisión del Tribunal Supremo aún conlleva el riesgo de un aumento de la jornada laboral al permitir que esta se defina en los convenios colectivos. Otra crítica es que la decisión estipula que el salario mínimo es proporcional a una jornada laboral de ocho horas y una semana laboral de 44 horas, lo que resulta en pagos inferiores al salario mínimo por jornadas laborales más cortas.

El Consejo Federal de Enfermería (Confen) opinó que "los ministros ignoraron a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que recomiendan una semana laboral de 30 horas, vinculando la remuneración a una semana laboral de 44 horas".  

La decisión del Tribunal Supremo impide el pago íntegro del salario mínimo a todos los trabajadores de la categoría, argumentó Valdirlei Castagna, presidente de la Confederación Nacional de Trabajadores de la Salud. “Muchas leyes estatales o municipales, así como convenios regionales, establecían jornadas laborales inferiores a 40 horas. Al fijar el Tribunal Supremo el límite en 44 horas, se reduce significativamente el valor del salario mínimo para cada profesional. Para que se hagan una idea, una enfermera que gana 4.750 reales verá reducido su salario mínimo a 4.300 reales con esta proporcionalidad”, explicó.

Piso nacional - El nuevo salario mínimo para enfermeros es de R$ 4.750, según lo estipulado en la Ley N° 14.434. Los técnicos en enfermería perciben al menos el 70% de esta cantidad (R$ 3.325), y los auxiliares de enfermería y parteras, el 50% (R$ 2.375). De acuerdo con la ley, el salario mínimo aplica tanto al sector público como al privado.