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Toffoli ordena al Tribunal Superior del Trabajo (TST) decidir si existe o no una relación laboral entre las empresas de aplicaciones y los trabajadores.

El proceso involucra a Rappi

Días Toffoli (Foto: Carlos Moura/SCO/STF)

247 El juez Dias Toffoli, del Supremo Tribunal Federal (STF), revocó una sentencia del Tribunal Regional del Trabajo de la 3.ª Región (TRT3) que reconocía la relación laboral entre las empresas de aplicaciones y sus trabajadores. El caso involucra a Rappi. Brasil cuenta con aproximadamente 1.660.023 personas trabajando como conductores o repartidores para aplicaciones (iFood, Uber, 99 y Zé Delivery), según una encuesta publicada el año pasado por el Centro Brasileño de Análisis y Planificación (Cebrap) y la Asociación Brasileña de Movilidad y Tecnología (Amobitec).

Según información publicada en el Portal Jota, el TRF3 (Tribunal Regional Federal de Apelaciones) dictaminó que el caso no requería ser revisado por el Tribunal Superior del Trabajo (TST). En su decisión, Toffoli indicó que el asunto debía tramitarse en tribunales especializados y, de ser necesario, remitirse al Tribunal Supremo. 

Rappi afirmó ser un intermediario entre los consumidores y los repartidores. También afirmó que no existía una relación laboral entre empleadores y trabajadores. La empresa citó la Ley 11.442/2007, que regula el transporte autónomo. Los repartidores deciden cuándo y si prestarán servicios a los usuarios de la aplicación, sin límite de carga de trabajo, número mínimo de entregas, ingresos mínimos, supervisión ni sanciones por la decisión del trabajador. 

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Trabajador de Rappi. Foto: Divulgación


Aplicación para trabajadores bh
Trabajadores basados ​​en aplicaciones. Foto: ReproducciónReproducción


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