Exalcalde condenado por renuncia indebida al proceso de licitación.
En su apelación ante el TJMA (Tribunal de Justicia de Maranhão), el ex alcalde solicitó su absolución y cuestionó la sentencia del Tribunal de Cuentas del Estado (TCE), afirmando que no había causado ningún daño a los fondos públicos.
MARANHÃO 247 – El ex alcalde de Passagem Franca (a 496 km de São Luis), Antônio Reinaldo Sousa, fue condenado a cinco años de prisión en régimen semiabierto por el delito de renuncia indebida a los procedimientos de licitación. La decisión fue tomada por la Segunda Sala Penal del Tribunal de Justicia de Maranhão (TJMA).
Según consta en el expediente, el exgerente municipal no llevó a cabo un proceso de licitación, a pesar de que la exención no estaba legalmente autorizada. Además, realizó varias compras del mismo artículo sin el debido proceso de licitación, fragmentando así el gasto. Las irregularidades ocurrieron en 2002, cuando Sousa era alcalde del municipio de Passagem Franca.
En el recurso interpuesto ante el TJMA (Tribunal de Justicia de Maranhão), el ex alcalde solicitó su absolución y cuestionó la sentencia del Tribunal de Cuentas del Estado (TCE), afirmando que no había causado ningún daño a los fondos públicos.
También alegó que la denuncia presentada por la Fiscalía del Estado no describía adecuadamente la conducta que infringía la ley, atribuyendo el acto delictivo al ejercicio del cargo de alcalde.
El ponente del caso, el juez José Luiz Almeida, declaró que la fiscalía proporcionó una relación detallada de las acciones ilegales, cumpliendo todos los requisitos estipulados en el Código de Procedimiento Penal (CPP).
Respecto a los daños causados a los fondos públicos, el juez aclaró que la responsabilidad penal del apelante se deriva de su cargo de alcalde, específicamente como funcionario autorizador de gastos. En cuanto a la credibilidad del Tribunal de Cuentas, afirmó que es indiscutible, dado que la institución tiene una función constitucionalmente establecida.
La decisión anuló un fallo de un tribunal inferior, modificando la pena de prisión impuesta al ex alcalde, considerando que el delito por el que fue condenado conlleva una pena de detención, no de prisión.