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La familia Vorcaro construyó un club en un área protegida de Bahía.

Un club de playa vinculado a la empresa de la familia Vorcaro se expandió sin permiso, provocando deforestación y llevando al Iphan (Instituto Nacional del Patrimonio Histórico y Artístico) a imponer un embargo sobre un área histórica protegida.

Piscina de un club construido sin autorización por la familia Vorcaro en Bahía (Foto: Iphan/Reproducción)

247 - Un proyecto de construcción frente al mar en una zona protegida de Porto Seguro, al sur de Bahía, ha puesto a la familia Vorcaro, vinculada a la construcción considerada irregular por el Instituto Nacional del Patrimonio Histórico y Artístico (Iphan), directamente en el centro del caso. El proyecto se llevó a cabo sin autorización, incluso después de un embargo municipal, y resultó en la deforestación de la vegetación nativa en una de las regiones más sensibles del patrimonio histórico y ambiental brasileño. Esta información proviene de... UOL.

 La intervención se realizó dentro del conjunto arquitectónico y paisajístico de la Ciudad Alta de Porto Seguro, protegido por el Iphan desde 1968 y reconocido como monumento nacional en 1973. En 2000, un nuevo registro amplió el área protegida para incluir aproximadamente 800 propiedades, incluido el distrito histórico de Arraial d'Ajuda.

La primera inspección del Iphan (Instituto Nacional de Patrimonio Histórico y Artístico) en el sitio tuvo lugar el 26 de noviembre de 2025. Durante la inspección, los técnicos constataron la existencia de una construcción irregular en curso. El instituto recibió un aviso de infracción emitido por la Secretaría Municipal de Desarrollo Urbano el día anterior, ordenando la paralización de las obras por falta de permiso de ejecución. Sin embargo, el documento contenía un error en el CNPJ (Número de Identificación Fiscal Brasileño), lo que impidió, en ese momento, la identificación formal del responsable de la intervención.

Aunque el gobierno municipal suspendió oficialmente las obras, el Iphan (Instituto Nacional de Patrimonio Histórico y Artístico) realizó una nueva inspección el 8 de enero y constató que las obras continuaban. El equipo identificó nueva deforestación no autorizada, así como estructuras irregulares, como una piscina terminada y edificios de madera erigidos dentro del área protegida.

La investigación avanzó el 21 de enero, cuando el Iphan solicitó al ayuntamiento la información correcta sobre la persona responsable de la obra, a fin de "posibilitar la adopción de medidas de supervisión pertinentes para el ejercicio de la potestad de policía administrativa". La respuesta indicó que la obra era responsabilidad de Milo Investimentos, empresa directamente vinculada a la familia Vorcaro.

Fundada en diciembre de 2009, Milo Investimentos tiene su sede en Nova Lima (MG), un capital social de R$ 15 millones y está registrada en la Secretaría de Hacienda Federal como holding de instituciones no financieras. Según datos proporcionados a Iphan, los directores de la empresa son Henrique Moura Vorcaro y Natalia Bueno Vorcaro Zettel, padre y hermana de Vorcaro, respectivamente, lo que refuerza la participación directa de la familia en la empresa objeto de la inspección.

Ese mismo día, el Departamento de Patrimonio Material e Inspección del Iphan emitió un informe técnico que indicaba que el terreno había sufrido deforestación de "la densa vegetación nativa de gran tamaño en su interior y la restinga arbustiva baja en la zona de playa". El documento detalla los importantes impactos ambientales en una zona que cuenta con protección legal reforzada precisamente por su valor histórico y paisajístico.

El viernes siguiente, el Iphan formalizó una orden de suspensión de obras, prohibiendo la continuación de la construcción hasta que se regularice definitivamente. El documento establece que el incumplimiento de la orden constituye un delito de desobediencia y puede dar lugar a acciones legales.

Además de la paralización inmediata, el instituto determinó que la empresa debe presentar un proyecto de adecuación del inmueble, de conformidad con la Ordenanza n.º 289/2025. Según la orden de embargo, los proyectos arquitectónicos y paisajísticos deben presentarse conforme a las normas de la ABNT, incluyendo un plan específico para la recuperación de la vegetación autóctona, con el fin de mitigar los impactos de las construcciones en el paisaje protegido.

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