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El tribunal de Paraíba desafía a la Corte Suprema e impone nueva censura a un documental.

El juez Adhemar Ferreira Neto ha fijado una multa diaria de R$ 500 si el documental "Justicia Contaminada: El Teatro Lava Jato de la Operación Calvario en Paraíba" no es retirado de la programación.

Tribunal de Paraíba desafía a la Corte Suprema y promueve nueva censura de documentales (Foto: Reproducción (TV Cabo Branco))

conjur - Una nueva decisión de la jueza del Tribunal de Justicia de Tercera Instancia de Paraíba, Adhemar de Paula Leite Ferreira Néto, contradice la sentencia de la Sala 2 del Tribunal Supremo Federal en la Reclamación Constitucional No. 59.337/PB y ordena una nueva censura del documental "Justicia Contaminada: El Teatro Lava Jato de la Operación Calvario en Paraíba", de los periodistas Camilo Toscano y Eduardo Reina.

En mayo, la censura fue revocada por unanimidad por la Segunda Sala del Tribunal Supremo Federal (TSF), con los votos de los magistrados Edson Fachin (ponente), Gilmar Mendes, Dias Toffoli, André Mendonça (presidente de la Sala) y Nunes Marques. Un mes antes, Fachin ya había anulado la prohibición mediante un recurso de amparo. Con el fallo de la Sala, la decisión de censura quedó anulada y el TSF ordenó al juez de primera instancia que dictara una nueva sentencia, de conformidad con la libertad de expresión y la producción periodística vigentes en el país. 

Sin embargo, el 19 de septiembre, la jueza Adhemar de Paula Leite Ferreira Néto, en una nueva decisión de medida cautelar, desobedeció flagrantemente a la Corte Suprema, además de imponer una multa diaria de R$ 500 si el documental no se retiraba de la programación. La defensa de los dos periodistas presentó una petición ante la Corte Suprema, denunciando el desprecio por el fallo de la Segunda Sala de la Corte Suprema y solicitando que se emitiera una resolución urgente para suspender la nueva decisión inconstitucional. 

De este modo, buscan garantizar el pleno cumplimiento del fallo de la demanda, concedido en mayo y basado en la ADPF 130. La demanda contra la censura ante el Supremo Tribunal Federal (STF) está interpuesta por los abogados André Matheus, Diogo Flora y Lucas Mourão, del bufete Flora Matheus e Mangabeira Sociedade de Advogados, y Jonathas Moreth, del bufete Marcos Rogério e Moreth Advocacia, con el apoyo de la Red Nacional para la Protección de Periodistas y Comunicadores, encabezada por el Instituto Vladimir Herzog y Artículo 19, Reporteros Sin Fronteras, Intervozes y la Asociación Brasileña de Juristas por la Democracia (ABJD), que actúa como amicus curiae en la acción en defensa de los periodistas.

 En mayo, el Supremo Tribunal Federal (STF) consideró la decisión original incompatible con su propio criterio y ordenó al juez de Paraíba que emitiera una nueva resolución. Sin embargo, el juez del Juzgado de Paz (JEC), en lugar de hacerlo, no solo mantuvo el contenido de la decisión suspendida por la denuncia, sino que además utilizó la "nueva" decisión para defenderse de los términos de la resolución de la Sala Segunda. El magistrado fue más allá: al ordenar la exclusión del contenido del documental, constituyendo así una nueva censura judicial, también ordenó a los periodistas que presentaran pruebas documentales de la veracidad del contenido periodístico, lo cual, en la práctica, viola la confidencialidad de las fuentes.

El documental se basa en una extensa documentación analizada, reportajes de investigación y declaraciones de expertos legales y personas investigadas. Por lo tanto, la nueva decisión de censura exige a los periodistas que demuestren las afirmaciones realizadas por las personas entrevistadas durante la emisión del vídeo el año pasado y en el propio documental.

"Es evidente que el razonamiento conciso adoptado en el acto impugnado, formulado en un procedimiento sumario, tenía como objetivo impedir la difusión del contenido supuestamente ofensivo del documental, sin, sin embargo, analizar ni siquiera brevemente dicho contenido", declaró Fachin en su voto de abril, cuando revocó la decisión de primera instancia.

Según el magistrado del Tribunal Supremo, la libertad de prensa es fundamental para la democracia. Y las denuncias presentadas contra el documental no fueron suficientes para justificar «la violación, aunque sea temporal, del derecho a la libertad de expresión».

Los dos periodistas también enfrentan cargos civiles y penales por el material audiovisual que critica la operación Lava Jato y la práctica del lawfare. Se trata de dos demandas separadas que actualmente se tramitan en los tribunales del estado de Paraíba.

Histórico - Dos meses después de su publicación en mayo de 2022, el reportaje se convirtió en blanco del juez Ricardo Vital de Almeida, del Tribunal de Justicia de Paraíba. El magistrado alegó que el video contiene "varias palabras ofensivas para su imagen". Vital acusa a Eduardo Reina y Camilo Toscano de promover una "construcción de ataques personales", con el único propósito de dañar su imagen y su honor.

Es el único mencionado en el documental que interpuso demandas para impedir la emisión del contenido y responsabilizar civil y penalmente a los periodistas, a pesar de que ninguno de los testimonios considerados deshonrosos que se destacan en las demandas fue realizado por ellos. El documental expone las acciones de la operación dirigida contra el exgobernador Ricardo Coutinho, la diputada estatal Estela Bezerra, la exalcaldesa de Conde Márcia Lucena y otras personas vinculadas al mismo grupo político. 

La denominada "Operación Calvario", que investigó presuntos fraudes y malversaciones en los sectores de Salud y Educación de Paraíba, constituye un caso emblemático de litigio arbitrario. Llevada ante el Tribunal de Justicia de Paraíba en 2019, derivó en la detención de 17 personas en vísperas del receso de fin de año y en la imposición de diversas medidas cautelares a los implicados.

El caso se ha visto desde entonces plagado de evasivas e indecisión. En consulta con el TRE-PB (Tribunal Electoral Regional de Paraíba), el juez preguntó al tribunal electoral de Paraíba si el caso correspondía a la jurisdicción electoral o a la jurisdicción común. Sin embargo, en su fallo, dejó clara su opinión, calificándolo como delito común.

Este conflicto de competencias es uno de los puntos planteados por los periodistas para demostrar que Calvário investigó y detuvo a personas en el ámbito penal, aunque el asunto sea de competencia de la Justicia Electoral. 

El TRE-PB devolvió el caso a la justicia ordinaria, sin escuchar la defensa de los acusados. Sin embargo, el Supremo Tribunal Federal (STF) remitió posteriormente la denuncia al Tribunal Electoral, siguiendo el acuerdo establecido por este incluso antes del inicio de la investigación de Calvário. El TRE-PB remitió entonces el caso al presidente del TRE-PB, quien, a su vez, lo remitió al Tribunal Superior Electoral (TSE) para que decidiera sobre su competencia. Todo esto ocurrió a pesar de que el Supremo Tribunal Federal entendía que el asunto se refería a un asunto electoral. Los fiscales de Paraíba, Octávio Paulo Neto, del Ministerio Público (MP-PB), y el juez Ricardo Vital, del Tribunal de Justicia (TJ-PB), fueron referidos por la prensa local como "Moro y Dallagnol de Paraíba", en referencia al exjuez declarado parcial por el Supremo Tribunal Federal y actual senador Sergio Moro, y al exfiscal y diputado federal destituido Deltan Dallagnol, quien dirigió la investigación "Lava Jato". 

Entre noviembre de 2021 y enero de 2022, Ricardo Vital recibió numerosos intentos infructuosos de contactarlo a través del equipo de producción del documental, así como de la oficina de prensa del Tribunal de Justicia del Estado de Paraíba (TJ-PB) y de su jefe de gabinete en Paraíba. Se le ofrecieron varias opciones para obtener comentarios: una entrevista personal, respuestas escritas a las preguntas enviadas o una declaración escrita suya o de la oficina de prensa del TJ-PB. No hubo respuesta a estas solicitudes. En el proceso judicial, el juez solicitó asistencia jurídica gratuita a la Asociación de Magistrados del Estado de Paraíba (AMPB).