Acuerdo pone fin a registros corporales en cárceles de Río.
Los agentes penitenciarios de la Secretaría de Administración Penitenciaria del Estado de Río de Janeiro (Seap) tienen prohibido realizar registros corporales humillantes a visitantes de las cárceles estatales, mediante un acuerdo firmado entre la Defensoría Pública del Estado de Río de Janeiro (DPRJ) y el gobierno estatal; los agentes ya no pueden realizar registros corporales en los que la persona revisada necesite desvestirse o cualquier otro trato degradante; el acuerdo establece una multa diaria de R$ 10 en caso de incumplimiento.
Agencia Brasil - Los funcionarios penitenciarios de la Secretaría de Administración Penitenciaria (Seap) del estado de Río de Janeiro tienen prohibido definitivamente realizar registros corporales humillantes a visitantes de unidades penitenciarias del estado, mediante acuerdo judicial firmado entre la Defensoría Pública del Estado de Río de Janeiro (DPRJ) y el gobierno del Estado de Río.
La medida prohíbe a los agentes que trabajan en prisiones realizar registros corporales, ya sean visuales, manuales o con ayuda de instrumentos, en los que la persona registrada deba desvestirse total o parcialmente, así como agacharse, saltar, someterse a exámenes clínicos invasivos o ser sometida a cualquier otra forma de trato degradante.
El acuerdo también establece una multa diaria de R$ 10 en caso de incumplimiento, pudiendo además generar responsabilidad personal para quien, por su acción u omisión, viole lo acordado entre las partes.
Según el coordinador del Centro de Defensa de los Derechos Humanos (Nudedh), Fabio Amado, la resocialización de las personas privadas de libertad presupone la interacción con familiares y amigos. Quienes visitan las unidades penitenciarias no pueden ser castigados violando su privacidad ni su integridad moral, psicológica y física.
Para evitar la vergonzosa práctica de registros corporales invasivos y humillantes, la Defensoría Pública interpuso una demanda colectiva y decidió llegar a un acuerdo con la Fiscalía General del Estado. Con la aprobación del Ministerio Público y la declaración de la Secretaría Estatal de Administración Penitenciaria (SEAP) indicando que no había obstáculos para dicho acuerdo, se estableció la prohibición de exámenes clínicos invasivos, desvestimientos o cualquier otra forma de trato degradante durante los registros de visitantes a las unidades penitenciarias, analizó el defensor público Fabio Amado.
La decisión coincide con el debate en curso en el Órgano Especial del Tribunal de Justicia de Río de Janeiro sobre la constitucionalidad de una ley estatal que regula el registro íntimo humillante de visitantes. El acuerdo ratificado en el 7.º Tribunal de Hacienda Pública "estabiliza y consolida la prohibición del procedimiento a los visitantes, estipulada por la 13.ª Sala Civil, al resolver un recurso interpuesto por la Defensoría Pública", evalúa Amado.
En un comunicado, la Secretaría de Estado de Administración Penitenciaria (SEAP) informa que no se realizan registros corporales en las unidades penitenciarias. La SEAP también indicó que, para prevenir la entrada de materiales ilícitos, todas las unidades cuentan con procedimientos de registro con equipo de seguridad. El sistema incluye bancos, detectores de metales, portales detectores de metales, detectores de metales portátiles (sibiladores), rayos X para equipaje y escáneres corporales.
El departamento también informa que las conductas inapropiadas o ilegales dentro del sistema penitenciario pueden ser reportadas por el personal interno y externo, así como los internos, a la Superintendencia de Inteligencia, la Dirección de Asuntos Internos, la Defensoría del Pueblo y las Coordinaciones de Seguridad y Áreas.