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El retraso en la transferencia de fondos del programa Plano Safra no es un caso de irresponsabilidad fiscal, afirma un profesor de la UERJ.

El director de la Facultad de Derecho de la Universidad Estatal de Río de Janeiro (UeRJ), Ricardo Lodi Ribeiro, declaró ante la comisión especial de juicio político del Senado que las demoras en la transferencia de estos fondos por parte del gobierno al Banco do Brasil solo pueden considerarse un incumplimiento de un derecho legal: “Cada vez que el gobierno paga subsidios económicos al Banco do Brasil, lo hace en relación con una deuda que se origina en la ley. No hay anticipo de fondos que pueda asemejarse a una operación de crédito. En el Plano Safra (plan agrícola), no hay forma de insertar esta relación jurídica de operación de crédito o maniobra fiscal. En Brasil, nadie ha considerado jamás los subsidios económicos como operaciones de crédito”.

El director de la Facultad de Derecho de la Universidad Estatal de Río de Janeiro (UeRJ), Ricardo Lodi Ribeiro, declaró ante la comisión especial de juicio político del Senado que las demoras en la transferencia de estos fondos por parte del gobierno al Banco do Brasil solo pueden considerarse un incumplimiento de un derecho legal: “Cada vez que el gobierno paga subsidios económicos al Banco do Brasil, lo hace en relación con una deuda que se origina en la ley. No hay anticipo de fondos que pueda asemejarse a una operación de crédito. En el Plano Safra (plan agrícola), no hay forma de insertar esta relación jurídica de operación de crédito o maniobra fiscal. En Brasil, nadie ha considerado jamás los subsidios económicos como operaciones de crédito” (Foto: Leonardo Lucena).

Carolina Gonçalves y Karine Melo - Reporteras de Agência Brasil

Ricardo Lodi Ribeiro, director de la Facultad de Derecho de la Universidad Estatal de Río de Janeiro, quien intervino el martes (3) en defensa de Dilma Rousseff ante la comisión del Senado que analiza la solicitud de destitución de la diputada del PT, afirmó que el Plan Safra no puede clasificarse como maniobra fiscal ni como operación crediticia. Dedicando casi la totalidad de su intervención a explicar el programa que otorga préstamos a agricultores a tasas inferiores a las del mercado, Lodi señaló que las demoras en la transferencia de estos recursos al Banco do Brasil solo pueden considerarse un incumplimiento de un derecho legal.

«Cada vez que el gobierno otorga subsidios económicos al Banco do Brasil, lo hace para saldar una deuda originada por ley. No se trata de un anticipo de fondos que pueda compararse con una operación de crédito. En el Plano Safra (plan agrícola), no existe la posibilidad de insertar esta relación jurídica de operación de crédito o de "maniobras fiscales". En Brasil, jamás se ha considerado un subsidio económico como una operación de crédito», afirmó.

en la solicitud de acusación bajo revisión SenadoEl pago del Plan Safra (programa de subsidios agrícolas) se cita como uno de los motivos de las maniobras fiscales. Los argumentos de los autores de la solicitud, aceptada en el dictamen aprobado por el pleno de la Cámara el día 17, señalan que el gobierno incurrió en demoras en la transferencia de los montos acumulados, lo que obligó a los bancos públicos a utilizar sus propios recursos para implementar las medidas de estímulo al sector. 

El abogado afirmó que no se trata de un pago de subsidio, sino de un préstamo. "Banco do Brasil no adelanta dinero; simplemente utiliza recursos destinados a tal fin. El banco presta a los agricultores a tasas inferiores a las del mercado, y el gobierno, por mandato legal y no por obligación contractual, paga el subsidio económico", explicó.

Además de intentar desmentir la conexión establecida por los autores de la solicitud de destitución y la oposición, Lodi les recordó que la regulación del Plano Safra (plan agrícola) es responsabilidad del Consejo Monetario Nacional y del Ministerio de Hacienda. “Esto no es una delegación de poderes al Ministro de Hacienda. El Presidente de la República carece de la facultad para realizar este acto. Dicha facultad recae legalmente en el Ministro de Hacienda”, afirmó.

Decretos

Respecto a los seis decretos en cuestión que otorgaban créditos suplementarios, el profesor Ricardo Lodi recordó que la decisión de la presidenta Dilma Rousseff se sustentaba en dictámenes jurídicos que, en aquel momento, sostenían que los documentos no contravenían el objetivo presupuestario principal. «Si el Tribunal de Cuentas Federal y el Congreso nunca los condenaron, ¿cómo podemos exigirle a la presidenta que contradiga la opinión de sus asesores jurídicos?», preguntó, añadiendo que el vicepresidente Michel Temer también confiaba en los asesores jurídicos del gobierno.

Respecto a los decretos, Ricardo Lodi reafirmó que las medidas «no violan la meta fiscal». Enfatizó que el hecho de que el TCU (Tribunal de Cuentas de la Federación) modificara su interpretación al respecto en 2015 no invalida los decretos. «La meta fiscal no es inalterable, no es una cláusula inamovible; debe modificarse o la administración federal se paralizará», afirmó, recordando que el Congreso aprobó la modificación de la meta fiscal para ese mismo año en diciembre del año pasado.

El profesor Ricardo Lodi Ribeiro explicó además que el objetivo fiscal primordial es simplemente que los ingresos de la Unión superen el gasto primario, es decir, el gasto no destinado al pago de la deuda pública. «Es necesario crear un colchón para el servicio de la deuda», añadió. Pero el gobierno tiene otras necesidades igualmente importantes. En este sentido, argumentó que el gobierno tiene derecho a tomar «decisiones difíciles en tiempos difíciles».

Concluyó criticando al Congreso Nacional, diciendo que los parlamentarios aprobaron el cambio de objetivo solo para luego afirmar que se trataba de un delito.