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El juez que absolvió a los policías de los cargos de violación es amigo del abogado de uno de los acusados.

El juez militar Ronaldo Roth es amigo del abogado José Miguel, quien defendió a uno de los policías militares acusados ​​de violar a una joven de 19 años en Praia Grande (SP). En redes sociales circularon fotos del juez y el abogado donde se les ve reuniéndose en restaurantes y posando juntos, abrazados.

El juez militar Ronaldo Roth abraza al abogado José Miguel (Foto: Reproducción (Facebook))

247 - El juez militar Ronaldo Roth, del 1er Tribunal Militar, es amigo del abogado José Miguel, quien defendió a uno de los policías militares acusados ​​de violación. Ambos fueron absueltos por el magistrado. En 2019, una joven de 19 años buscó a los oficiales tras un intento de robo. Declaró haber sido violada dentro del coche patrulla después de aceptar que la llevaran a la estación de autobuses de Praia Grande (SP). La información fue publicada por Portal G1

Sin embargo, según una denuncia presentada ante la Fiscalía del Estado de São Paulo (MP-SP), el juez y el abogado mantienen una estrecha amistad. En redes sociales se encontraron fotografías de ambos donde se les ve juntos en restaurantes y posando en público. Además, ambos trabajan en la Escuela de Derecho Militar (EPD) de São Paulo.

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Juez y abogado comen juntos - Foto: Reproducción/Facebook

Al no condenar a los agentes de policía, el juez declaró que la víctima «no hizo nada para liberarse de la situación» ni «se resistió a la agresión sexual». Se encontró semen en el coche patrulla, que estaba en movimiento con las luces de emergencia encendidas. La joven declaró que fue obligada a practicarle sexo vaginal y oral.

Según el Código de Procedimiento Civil, un juez debe inhibirse si es amigo del abogado de las partes. El Código de Procedimiento Militar prevé la inhibición si el magistrado es amigo de alguna de las partes.

El artículo 145 del Código de Procedimiento Civil establece que «un juez puede ser recusado si: a) es amigo íntimo o enemigo de alguna de las partes o de sus abogados». Y el artículo 38 del Código de Procedimiento Penal Militar establece que «el juez deberá inhibirse y, si no lo hace, podrá ser recusado por cualquiera de las partes: a) si es amigo íntimo o enemigo de alguna de ellas».

La Fiscalía declaró que el fiscal a cargo del caso, Edson Correa Batista, decidirá cómo proceder con la denuncia.

La abogada defensora Paula Santana, quien actúa como fiscal auxiliar en el caso, declaró que el análisis de la estrecha relación entre ambos solo será posible tras revisar la acusación formal. "Nos centramos en la estrategia procesal de analizar la posibilidad de apelar", afirmó.

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