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TRF-2 comienza a desmantelar la farsa de Marcelo Bretas y forma una mayoría para reducir la sentencia del almirante Othon Pinheiro.

El miércoles por la tarde, el 1er Panel Especializado del órgano formó una mayoría para reducir la pena de 43 años a cuatro años, diez meses y diez días de prisión.

Marcelo Bretas y el almirante Othon (Foto: Fernando Frazão/Agência Brasil | Agência Senado)

Agenda de poder - Uno de los casos más emblemáticos de los excesos del juez Marcelo Bretas está siendo revisado por el Tribunal Regional Federal de la 2.ª Región. El miércoles por la tarde, la 1.ª Sala Especializada de dicho tribunal, por mayoría, redujo la condena del almirante Othon Luiz Pinheiro da Silva de 43 años a cuatro años, diez meses y diez días de prisión. La pena de prisión fue sustituida por dos medidas cautelares.

Para consultar el texto completo de la decisión, véase el informe de Sérgio Rodas en Conjur:

Entendiendo que la conducta social y los motivos para cometer el delito de corrupción no justifican un aumento de la pena a un nivel muy alto, como lo hizo el juez Marcelo Bretas, del 7.º Juzgado Penal Federal de Río de Janeiro, la 1.ª Sala Especializada del Tribunal Federal Regional de la 2.ª Región (RJ y ES) conformó una mayoría este miércoles (2/2) para reducir la pena del almirante Othon Luiz Pinheiro da Silva, expresidente de Eletronuclear, de 43 años a cuatro años, diez meses y diez días de prisión. La pena de prisión fue sustituida por dos restricciones.

El juicio fue interrumpido por una solicitud de revisión del juez Flávio Lucas. Los jueces Antonio Ivan Athié, ponente, y Simone Schreiber votaron a favor de conceder parcialmente la apelación de Othon.

En la primera sentencia de la rama carioca de la investigación Lava Jato, Bretas condenó al expresidente de Eletronuclear a 43 años de prisión por corrupción pasiva, lavado de dinero, obstrucción de investigaciones, evasión de divisas y participación en organización criminal.

El juez consideró comprobado que Othon recibió un soborno del 1% en los contratos firmados entre la estatal y las constructoras Andrade Gutierrez y Engevix, para la construcción de la Central Nuclear Angra 3, en el complejo nuclear de Angra dos Reis.

La defensa del almirante, encabezada por el abogado penalista Fernando Augusto Fernandes, argumentó que se violó el debido proceso en el caso. En la vista oral de José Antunes Sobrinho, socio de Engevix, el abogado Geraldo Prado argumentó que se ocultaron pruebas. Con base en estos argumentos, el juez Flávio Lucas solicitó la revisión del caso.

El ponente del recurso, Antonio Ivan Athié, votó a favor de absolver a Othon Luiz Pinheiro da Silva de los cargos de obstrucción de investigaciones, pertenencia a organización criminal, evasión de divisas, lavado de dinero mediante mantenimiento de cuenta en el exterior y dos delitos de corrupción activa.

En cuanto al delito de corrupción pasiva, Marcelo Bretas, considerando la conducta social del almirante y los motivos del delito, fijó la pena base en nueve años de prisión. Para el ponente, estos factores no justifican un aumento de la pena tan elevado.

De hecho, es innegable que el apelante Othon Luiz Pinheiro da Silva manchó su reputación al solicitar beneficios indebidos a empresas constructoras con el pretexto de impulsar sus proyectos científicos personales, decepcionando a una generación de ingenieros a los que influyó y deshonrando su carrera militar en la Armada. Sin embargo, estas consecuencias morales deben ser abordadas por el propio apelante y su círculo social, y no constituyen un elemento válido para denigrar su conducta social, ya que los hechos enumerados no son desacreditables ni revelan una convivencia social pérfida, evaluó el juez.

También enfatizó que el objetivo de Othon no era ganar "dinero fácil", sino más bien continuar su investigación en el desarrollo de turbinas, diseñándolas para utilizar energía limpia y de bajo costo.

"Aparentemente, a pesar de su avanzada edad, se ha resignado a vivir a lo grande de sus actividades ilícitas, optando por destinar los beneficios indebidamente percibidos por su cargo a un fin útil", opinó el juez, fijando la pena base por corrupción pasiva en tres años, diez meses y veinte días de prisión. Ante el blanqueo de capitales y el reconocimiento de la concurrencia formal entre los delitos, el ponente votó a favor de fijar la pena total en cuatro años, diez meses y diez días de prisión, sustituida por dos penas restrictivas de derechos.

Ivan Athié defendió que Othon, uno de los padres del programa nuclear brasileño, debe seguir activo, compartiendo sus conocimientos con la sociedad.

Considero que, dados los reconocidos y específicos conocimientos del apelante Othon Luiz Pinheiro da Silva en ingeniería nuclear, con reconocimiento nacional e internacional por su capacidad técnica, sería mucho más beneficioso para el pueblo brasileño, la ciencia y el gobierno si, a pesar de su edad relativamente activa y sus limitaciones inherentes, compartiera sus valiosos conocimientos en instituciones públicas y universidades como un servicio a la comunidad. Esta medida sería de mayor valor tanto para la sociedad como para la propia rehabilitación del apelante.

El relator también votó a favor de la absolución de Ana Cristina da Silva Toniolo, hija del almirante, también representada por Fernando Fernandes. También votó a favor de sustituir la sentencia de José Antunes Sobrinho por dos sentencias restrictivas. También aceptó parcialmente los recursos de Olvinho Ferreira Mendes, Geraldo Toledo Arruda, Victor Sérgio Colavitti, Josué Augusto Nobre y Carlos Alberto Montenegro Gallo.

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